La empresa demandada tiene el deber de seguridad a su cargo, que implica que los consumidores puedan circular sin obstáculos, lo que no fue satisfecho en el caso juzgado
Al remarcar la responsabilidad objetiva de tipo contractual que cubre a los usuarios de un servicio de peaje, la Cámara 7ª en lo Civil y Comercial de Córdoba rechazó la apelación de concesionaria “Caminos del Paraná SA” y confirmó la culpabilidad por el accidente que padeció el accionante, embestido por una tropilla de caballos mientras circulaba de la Ruta Nacional N° 12, en inmediaciones del distrito San Cosme (Corrientes).
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