lunes 23, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Comienzan las audiencias públicas para designar al defensor del Niño

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La convocatoria llega con 12 años de demora, ya que la normativa establecía un plazo de 90 días para la tarea y venció el 1 de febrero del 2006. Luego de un fallo que admitió un amparo colectivo, la bicameral se concentró en la tarea y anunció que antes de fin de año habrá llamado a concurso

Luego de 12 años se iniciará el proceso para definir quién será el defensor del Niño.
Mañana, la Comisión Bicameral del Defensor de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, encargada de su nombramiento, hará la primera audiencia pública para definir el mecanismo de llamado a concurso y selección del funcionario.
La figura fue creada en 2005 por la Ley de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (26061), para controlar a los tres poderes del Estado y detectar decisiones de jueces o legisladores perjudiciales para los intereses de sus asistidos.
La designación debía implementarse en el plazo de 90 días desde la entrada en vigencia de la norma, pero recién el jueves se dará un avance concreto, que continuará el viernes.
En julio, la Bicameral aprobó su reglamento interno.
En esa oportunidad, los diputados y senadores que integran el cuerpo acordaron realizar dos audiencias públicas con ONG y distintas asociaciones antes de que finalizara el mes, para que en septiembre comenzara el concurso.
Como era previsible, la campaña electoral por las PASO retrasó la tarea. No obstante, se estima que el defensor será designado antes de fin de año. La presidenta de la Bicameral, la diputada Carla Carrizo (UCR), abogó por la “transparencia” en el nombramiento.
El cuerpo tomó nota del fallo que dictó en marzo la jueza en lo Contencioso-administrativo Claudia Rodríguez Vidal, quien admitió el amparo presentado por fundaciones y asociaciones civiles y exhortó a las dos cámaras del Congreso de la Nación a iniciar el proceso de designación del funcionario.
Cuando contestaron la demanda, las accionadas alegaron que el planteo era extemporáneo y que “numerosos organismos estatales y organizaciones internacionales” se ocupan de la defensa de los derechos e intereses de los niños.

Asistencia
También señalaron que el Poder Judicial cuenta “con una eficiente y reconocida oficina” que se dedica exclusivamente a la atención de cuestiones vinculadas con la violencia doméstica y la asistencia familiar, cuya intervención es anónima y gratuita, y que, en definitiva, la designación era “una cuestión sustancialmente política” que sólo podía resolverse por medio de los mecanismos parlamentarios.
La magistrada desestimó esas razones y valoró que en el caso se daban todos los requisitos para la admisión del amparo colectivo, en tanto había “un hecho único, susceptible de ocasionar una lesión a una pluralidad de sujetos”.
“El incumplimiento del precepto normativo configura una omisión que lesiona el sistema de protección integral diseñado en la ley 26061, con la consiguiente afectación de derechos”, aseguró la magistrada, quien aclaró que la existencia de otras instituciones no rebatía ese argumento.
“No se acreditó la existencia de una cuestión política no justiciable”, estableció, además.

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