El TSJ dispuso cómo será la prestación del servicio de justicia hasta el 10 de mayo. Accedé a las disposiciones para los distintos fueros
En el marco de una nueva fase del aislamiento social, preventivo y obligatorio, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba dispuso la prestación del servicio de justicia en la emergencia por razones sanitarias durante el período comprendido entre hoy y el 10 de mayo de 2020.
Por otro lado, en el acuerdo reglamentario N° 1623 enfatiza que se presentarán protocolos de trabajo ante el Centro de Operaciones de Emergencias (COE) de la Provincia de Córdoba para reabrir los tribunales en aquellas localidades (“zonas blancas”) donde se habiliten excepciones al cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y a la prohibición de circular.
El Alto Cuerpo destacó que durante éste, las distintas oficinas y tribunales cordobeses, tanto en capital como en el interior provincial, “han resuelto numerosos procesos, denuncias y medidas planteadas durante el receso extraordinario”. Por ello, el Alto Cuerpo aseveró: “No hay receso, atento a la creciente actividad y cobertura fuero por fuero -que se efectúa desde hace semanas ya- de la prestación del servicio de Justicia”.
De todos modos, en tanto que no puede hablarse de una prestación de servicio total, idéntica a la que tenía lugar de modo previo a la emergencia sanitaria, el Alto Cuerpo resolvió mantener la declaración de inhábiles de los plazos procesales y administrativos hasta el 10 de mayo de 2020, inclusive, salvo para los actos procesales y administrativos que fueren válidamente cumplidos.
Objetivo principal
El Acuerdo Reglamentario N° 1623 también ratifica que el objetivo principal del Alto Cuerpo durante la emergencia sanitaria ha sido “la continua y adecuada prestación del servicio de justicia para aquellos asuntos que por su naturaleza no admitían dilación, así como la cobertura creciente de todos los procesos y actuaciones judiciales que involucra, en la medida en que lo permitan las restricciones sanitarias y los recursos tecnológicos disponibles”.
En tal sentido, el TSJ ratificó los lineamientos trazados desde que irrumpió la emergencia y, así, destacó que “todos los agentes, funcionarios y magistrados judiciales se encuentran convocados a la prestación de servicios y han estado, de modo creciente, involucrados en garantizar la prestación del servicio, incorporando semana a semana procedimientos, procesos, fueros, materias y prestaciones, en la medida en que lo permiten las tecnologías disponibles”. Es más, anunció que se implementará, en lo sucesivo, “un sistema de medición y rendición de cuentas de la productividad por agente, oficina y tribunal”.
La resolución aprueba una serie de protocolos de trabajo, que se suman a los ya aprobados y que regulan la actividad en diferentes áreas de la administración de justicia: las asesorías letradas civiles de Córdoba capital, la justicia de Paz, los juzgados de Conciliación y las salas de la Cámara Única del Trabajo de Córdoba.
Los detalles de acuerdo reglamentario N° 1623
Salas de la Cámara Única del Trabajo
Juzgados de Conciliación – Fuero del Trabajo