El fallo del Tribunal de Casación bonaerense que ratificó la condena del sacerdote Julio Grassi por dos casos de abuso sexual pero no resolvió acerca de su detención fue cuestionado hoy tanto por la querella como por la defensa, quienes confirmaron que apelarán a la Suprema Corte provincial.
En este sentido, la querella anunció que apelará el fallo para incrementar el monto de la pena y que se resuelva la detención efectiva, mientras la defensa insistirá por la absolución.
El Tribunal, integrado por Carlos Mahiques, Fernando Mancini y Jorge Celesia, resolvió rechazar los recursos presentados por la querella y la fiscalía para llevar a 30 años la pena de prisión por dos hechos de abuso y uno de corrupción de menores en contra de la víctima conocida como “Gabriel”.
En tanto ratificó la condena a 15 años impuesta por el Tribunal Oral Criminal de Morón y declaró “improcedente” la solicitud de la fiscalía de Casación para detener al sacerdote.
Al respecto, el abogado del Comité Argentina de Seguimiento y Aplicación de la Convención Internacional de los derechos del Niño (CASACIDN), Juan Pablo Gallego, dijo a Télam que “jurídicamente la sentencia es anómala y hay un grave error al confirmar la condena por abuso y no disponer la prisión para Grassi”.
En tanto, Ricardo Malvicini, defensor del cura, aseguró a Télam que “hemos efectuado el pedido de reserva, antes que se expidiera Casación, para apelar ante la Suprema Corte bonaerense. Agotaremos todas las instancias para lograr la absolución del padre Grassi”.
Por su parte, el fiscal general de Morón, Federico Nieva Woodgate, dijo a Télam que “Casación no falló sobre quién debe resolver la detención de Grassi, por lo que ahora este punto queda en la nebulosa”.
El fiscal explicó que “el año pasado, cuando la defensa interpuso un hábeas corpus para que el Tribunal de Casación resuelva sobre la pena y la detención antes de que se expida la Cámara, el argumento de ese Tribunal fue que le correspondía fallar sobre ambas cuestiones, pero ahora lo hace sólo por una de ellas”. (Télam)