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Casación analizará si la muerte de Larrabure fue delito de lesa humanidad

25 octubre, 2018
Casación analizará si la muerte de Larrabure fue  delito de lesa humanidad
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La Cámara Federal de Rosario aceptó el recurso interpuesto por su hijo y abogado querellante en contra de la sentencia que dictó el 31 de agosto. El letrado reclama que declare Juan Arnold Kremer

La máxima instancia en lo penal del país analizará si el secuestro y supuesto asesinato del mayor Argentino del Valle Larrabure -hechos sucedidos en 1974, en los cuales fue protagonista el Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP)- constituyeron crímenes de lesa humanidad.
La Cámara Federal de Rosario aceptó el recurso de casación interpuesto por el hijo de la víctima y abogado querellante, Arturo Cirilo Larrabure, quien apeló el decisorio dictado el 31 de agosto por la alzada, que confirmó el fallo de primera instancia que consideró que el caso no fue un crimen de lesa humanidad y, por lo tanto, imprescriptible.
El letrado calificó como «simulacro de sentencia» la dictada por la Cámara rosarina, a la luz del fallo de la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal en autos «Carrizo”, referida al ataque realizado el 10 de agosto de 1974 por el ERP al Regimiento de Infantería de Monte 17, de Catamarca.
Recordó que ese hecho ocurrió el mismo día en que el ERP atentó contra la Fábrica Militar de Pólvora y Explosivos de Villa María (Córdoba), donde fue secuestrado el mayor Larrabure, «como parte de una acción conjunta destinada a demostrar su poder de fuego y que podía derrotar al Ejército Argentino».
La querella insiste en pedir que se convoque a declaración indagatoria como imputado por el secuestro y asesinato a Juan Arnold Kremer, ex militante del ERP, conocido por su apodo, Luis Mattini.

Larrabure fue secuestrado por un comando del ERP durante la toma de la Fábrica Militar de Villa María, en agosto de 1974. Un año después su cadáver fue hallado en una vivienda de Rosario.
El acuerdo de la Cámara Federal estableció que el caso no reúne los requisitos típicos para ser considerado delito de lesa humanidad.
En su voto, el camarista Fernando Barbará indicó que sólo constituyen esa clase de crímenes los cometidos como parte de un “ataque generalizado o sistemático contra una población civil”.
“Uno de los elementos de la categoría criminal que estamos tratando, entiendo que el central, de ninguna manera puede tenerse por presente en el caso”, valoró.
También resaltó que el ERP no actuó en nombre del Estado ni con su apoyo, como argumentó la querella, al exponer que en la época había gobernadores provinciales que “simpatizaban con la tendencia revolucionaria del peronismo”.
Luego de la concesión del recurso interpuesto por Larrabure hijo, la Cámara Federal de Casación Penal deberá resolver la controversia.

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