domingo 22, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Cambian calificación de explotación y promoción de la prostitución a trata agravada

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Por mayoría, la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán hizo lugar al recurso que promovió  del Ministerio Público Fiscal (MPF) y agravó la calificación de la imputación de dos personas, inicialmente procesadas sin prisión preventiva por explotación económica y promoción y facilitación de la prostitución, a trata de personas con fines de explotación sexual, agravada por el aprovechamiento de una situación de vulnerabilidad, la pluralidad de víctimas y la consumación de explotación en sus fases de captación y acogimiento.

El tribunal sentenció en línea con la apelación del agente Agustín Chit, mantenida por el fiscal general Antonio Gómez, y le ordenó al titular del Juzgado Federal N° 1 que analice el riesgo procesal y disponga las medidas cautelares que entienda pertinentes.

La causa se inició hace dos años, en agosto de 2022 a partir de una denuncia formulada ante la línea 145, del Programa de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata, del Ministerio de Seguridad de la Nación.

La persona que se comunicó con las autoridades expuso la posible comisión del delito de trata en un inmueble ubicado en la ciudad de San Miguel de Tucumán.

La Fiscalía recabó otras denuncias y antecedentes del domicilio y le requirió intervención a la división de investigaciones de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA). Las tareas desplegadas permitieron constatar que funcionaba un prostíbulo regenteado por C.R. y M.G.

Agente revelador
Luego de las tareas de campo y del análisis de redes sociales y páginas web en las que se ofrecían servicios sexuales, el MPF solicitó autorización para utilizar la herramienta procesal del agente revelador, en los términos de la Ley 27.319, que consiste en que un miembro de fuerzas de seguridad simule un interés y/o ejecute o participe de una actividad del grupo criminal investigado con la finalidad de identificar personas implicadas en un delito, detenerlas, incautar bienes, liberar a las víctimas o de recolectar material probatorio que sirva para su esclarecimiento.

En el caso se solicitó que el agente entablara contacto con las personas investigadas mediante el uso de comunicaciones telefónicas, mensajería instantánea y redes sociales.

Con la autorización del Juzgado fue posible constatar que, anteriormente, en el lugar investigado se llevaron a cabo allanamientos, en el marco de otras causas, sin resultado positivo ni detenciones.

Sin embargo, se constató que luego de los procedimientos se modificaron los teléfonos de contacto publicados en la web Skokka, donde operaban los tratantes.

Billeteras virtuales
La actividad del agente revelador permitió establecer que la acusada M.G. utilizaba diferentes billeteras virtuales para recibir transferencias de los “consumidores”; que las cuentas estaban vinculadas a la web Skokka y que había por lo menos ocho mujeres que eran explotadas. También se determinó que su pareja, el imputado C.R., fue registrado receptando, dando órdenes y coordinando el ingreso y egreso de personas en el inmueble.

Se ordenaron nuevos allanamientos y se secuestraron tarjetas, posnets, celulares y una cámara con la cual M.G. vigilaba y grababa a las víctimas y, luego, las amenazaba con hacerle llegar las imágenes a sus familias. Todo fue luego corroborado por los testimonios de las damnificadas.

También se incautaron fajos de billetes identificados con inscripciones que acreditaron la retención de la imputada sobre los pagos de los “clientes”.

El a quo ordenó el procesamiento sin prisión preventiva de los encausados al entender que hubo explotación económica y promoción y facilitación de la prostitución y trabó un embargo de un millón de pesos.

Chit sostuvo que no valoró correctamente el cúmulo de elementos secuestrados, la investigación previa – corroborada por las declaraciones de las víctimas en la Cámara Gesell- y la conducta de los acusados posterior a los allanamientos, con el fin de condicionar sus relatos.

Resaltó que la intervención de los profesionales del Programa de Asistencia a Víctimas de Trata de Personas del Ministerio de Desarrollo Social de Tucumán permitió establecer los intentos de la acusada para condicionar a las mujeres.

En su intervención ante la Cámara Federal, el fiscal general Gómez alegó que el juez de instrucción omitió valorar los hechos producidos desde el día siguiente al allanamiento y denunciados por el programa de asistencia, la querella, las víctimas y la Fiscalía.

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