Luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó una acordada sobre el Tribunal Oral Federal Número 9 (TOF9), que debía juzgar a la ex presidenta Cristina Fernández, los diputados de Cambiemos Pablo Tonelli y Mario Negri -integrantes del Consejo de la Magistratura- presentaron un proyecto de ley para reglamentar los traslados de jueces federales.
Cabe recordar que, en una votación dividida, el Máximo Tribunal dispuso que los traslados equivalen a una nueva designación; es decir, que necesitan un nuevo acuerdo del Senado.
Así, invalidó la ley 27307, de 2016, que habilitaba al Consejo a ordenarlos con mayoría simple de sus miembros.
Por ello, Tonelli -titular de la Comisión de Asuntos Constitucionales- y Negri -del interbloque Cambiemos- propusieron establecer requisitos que deberán cumplirse para el traslado de un juez federal a otro tribunal sin necesidad de aval del Senado, sugiriendo que el pedido deba ser aprobado por mayoría absoluta -y no simple- del organismo.
“La Corte, en la acordada 4, decidió en contra de todos los antecedentes de los últimos 100 años y de una manera que desconoce las atribuciones de los otros dos poderes”, advirtió Tonelli al fundamentar su iniciativa.
En tanto, Negri explicó que el proyecto “tiene el propósito de evitar que interpretaciones dispares generen consecuencias institucionales sobre el traslado”. Se refirió, así, a la votación dividida: Ricardo Lorenzetti, Carlos Maqueda y Horacio Rosatti firmaron a favor, mientras que Elena Highton y Carlos Rosenkrantz lo hicieron en disidencia.
Entre otras previsiones, el proyecto plantea que no se haya resuelto la convocatoria a un concurso público de antecedentes y oposición para cubrir el cargo vacante o su acumulación a un concurso en trámite, aunque aclara que esa condición no regirá cuando se trate de un mismo tribunal colegiado.
Otro requisito que contempla es que la vacante para la cual se pide el traslado corresponda a la misma jurisdicción territorial que la que ocupa el solicitante y que el cargo del juez solicitante tenga una competencia en razón de la materia sustancialmente análoga o más amplia que la del puesto vacante.
Exige, asimismo, que hayan transcurrido al menos cuatro años desde la fecha de posesión del último cargo del magistrado solicitante y hasta la fecha de la solicitud del traslado, a fin de evitar una excesiva rotación en los cargos.
En los fundamentos, los dos diputados de Cambiemos acudieron a la doctrina y a la jurisprudencia de la Corte, que ha sostenido que los traslados pueden realizarse sin la necesidad de un nuevo acuerdo del Senado toda vez que se cumpla con los requisitos del consentimiento del juez, el mantenimiento de la jerarquía en función del grado y la necesidad de que la competencia en razón de la materia no sea sustancialmente diversa.