Los jueces sostuvieron que la comisión médica no rechazó la contingencia y, por lo tanto, el caso tenía que encuadrarse en el inciso “i” de la ley 7987, no en el inciso “k”. “El silencio no equivale al rechazo”, destacó el tribunal
La Sala 11ª de la Cámara del Trabajo de Córdoba hizo lugar a un recurso de apelación en el que se discutía si un expediente laboral debía tramitarse vía procedimiento declarativo abreviado (PDA) o, por el contrario, debía seguir su curso de manera ordinaria.
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