La Cámara en lo Civil, Comercial, Familia y Contencioso Administrativo de Villa María resolvió incrementar en 50% los honorarios de una letrada que, en su rol de curadora provisional, desempeñó una función activa durante el proceso de limitación de capacidad de una persona residente en un geriátrico.
El tribunal, integrado por el vocal Alberto Ramiro Domenech, consideró que la profesional no se limitó a cumplir un rol pasivo sino que realizó numerosas tareas, incluidas visitas personales, elaboración de informes y gestión de trámites, lo que justificó el aumento de su remuneración.
La letrada apeló la regulación inicial por considerarla insuficiente en relación con las tareas efectivamente desarrolladas. Según el tribunal, los honorarios fueron asignados en el marco de su función como curadora provisional en un proceso judicial destinado a restringir la capacidad de una persona. Este rol implica, entre otras responsabilidades, garantizar los derechos del presunto insano –actualmente denominado “persona con capacidad restringida y con incapacidad”– durante todas las etapas del proceso, incluyendo el dictado de la sentencia y eventuales apelaciones.
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