En plenario, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba confirmó la resolución que le impuso las costas de un amparo a la demandada Administración Provincial del Seguro de la Salud (Apross) en razón de que el accionante se vio obligado a iniciar juicio, al no obtener respuesta favorable a su reclamo en la etapa administrativa, sumado ello a su estado de discapacidad, que lo convierte en un sujeto vulnerable, de especial tutela jurisdiccional, y a que el acuerdo al que arribaron las partes no exime la obra social provincial de las costas.
A su turno, el Alto Cuerpo -integrado por María Marta Cáceres de Bollati, Domingo Juan Sesin, Aída Lucía Teresa Tarditti, Luis Enrique Rubio, Mercedes Blanc de Arabel, Sebastián Cruz López Peña y Luis Eugenio Angulo- indicó que la Apross impugnó el punto II de la parte resolutiva de la sentencia, por la que la cámara decidió imponerle las costas.
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