A principios de este mes, el magistrado Jorge Ocampo dejó sin efecto cautelarmente la aplicación del artículo 7 de esa norma, que dispone que el período vigente al momento de su sanción será contado como el primero. Ahora, la Fiscalía de Estado recurrió el decisorio
A principios de este mes, en la provincia de Buenos Aires, el magistrado Jorge Ocampo suspendió cautelarmente la aplicación del artículo 7 de la ley provincial 14836, que dispone que el período vigente al momento de su sanción será contado como “primer período”, a los efectos de limitar la reelección de intendentes y concejales.
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