jueves 21, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Anulan sanción a abogado en controversia con su ex cónyuge

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Le habían suspendido la matrícula por supuestas injurias contra su ex mujer, también abogada, con quien mantiene un litigio por la tenencia de los hijos.

La Suprema Corte de Mendoza revocó la sanción impuesta por el Colegio de Abogados y Procuradores de esa provincia, que lo suspendió por dos días en el ejercicio de su profesión porque el letrado habría vertido en un escrito “expresiones injuriosas” contra su cónyuge -también abogada-, en el expediente en el que tramitaba el divorcio entre ambos a un abogado. El alto tribunal cuyano entendió que en el caso “primaron las emociones primarias de ambos litigantes por sobre su calidad profesional de abogados”.

En la causa “B,S G C/ Colegio de Abog. y Proc. de Mza” comenzó cuando la mujer denunció ante el colegio profesional que, en un escrito, su marido había indicado “que ella iría a prisión y sería excluida del foro como abogada”, expresiones que el Tribunal de Ética del Colegio consideró “a todas luces violatorias de los deberes de observar una conducta ajustada a los principios de lealtad, probidad y buena fe”, aplicando la sanción referida, que luego fue ratificada por la Federación de Colegios de Abogados, aunque reducida a los dos días ya mencionados.

El abogado apeló administrativamente la decisión ante la Superintendencia de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, que volvió a rechazar su planteo, ante lo cual interpuso una acción procesal administrativa ante el máximo Tribunal provincial, instancia en que los jueces Jorge Nanclares, Omar Palermo y Carlos Böhm revocaron lo resuelto.

Carga emotiva
“No puede soslayarse que las expresiones del actor fueron vertidas en un escrito presentado en una causa judicial entre él y su ex esposa, emitidas no sólo en su calidad de abogado sino también con una fuerte carga emotiva de quien actúa involucrado en una causa propia de índole familiar”, sostuvieron los vocales.

El alto cuerpo justificó el accionar del abogado al afirmar que “no caben dudas de que en la controversia en que se emitieron las expresiones sancionadas, lamentablemente, primaron las emociones primarias de ambos litigantes por sobre su calidad profesional de abogados”, por lo que “las expresiones negativas del actor por las cuales fue sancionado, en todo caso constituyen imputaciones graves hacia su ex esposa en una controversia por la tenencia de su hija menor, cuya veracidad o falsedad y efectos jurídicos, en su caso, constituyen objeto de discusión entre partes y de decisión de los jueces que entienden en los expedientes del fuero penal y el de familia, correspondientes al caso”.

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