Por mayoría, la Sala III de la Cámara de Casación Penal, integrada por Ángela Ledesma, Liliana Catucci y Eduardo Riggi, anuló una sentencia del Tribunal Oral Federal de Rosario que fue firmada por dos de los tres jueces que lo integran. La causa se inició por la presentación de un recurso en contra de la resolución del juzgado rosarino que rechazó la excarcelación de un imputado, quien se encuentra detenido desde febrero de 2009.
La Cámara se valió de argumentos de la Corte Suprema y recordó que “la sentencia suscripta sólo por dos de los integrantes de un tribunal colegiado configura una clara violación del artículo 109 del Reglamento para la Justicia Nacional”.
El voto mayoritario, suscripto por Catucci y Riggi, enfatizó que la constancia de la ausencia transitoria del tercer miembro del tribunal no importaba alguno de los supuestos de excepción al funcionamiento ordinario del órgano, que supone la actuación de todos sus componentes.
Por ello, desestimaron que el fallo fuera un acto jurisdiccional válido y ordenaron la remisión de las actuaciones para que se dictara un nuevo pronunciamiento.
En disidencia parcial, Ledesma consideró que debía anularse lo resuelto pero que había que admitir la excarcelación peticionada, al estimar que el a quo se apoyó en formulaciones dogmáticas y que no se acreditó el riesgo de que el procesado se sustrajera de la actuación de la Justicia.