martes 19, noviembre 2024
martes 19, noviembre 2024
Comercio y Justicia 85 años

Anotar a un bebé con un solo apellido no suprime ni altera su identidad

TIPO PENAL. El tribunal resaltó que la información filiatoria de la beba no era falsa sino parcial.
ESCUCHAR

La alzada confirmó el archivo de la causa por inexistencia de delito, en el entendimiento de que, con su accionar, la mujer no incurrió en el ilícito contemplado en el artículo 139, inciso 2, del Código Penal.

El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
O podés enviar una solicitud de suscripción desde aquí.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leé también

Más populares

¡Bienvenid@ de nuevo!

Iniciá sesión con tu usuario

Recuperar contraseña

Ingresá tu usuario o email para restablecer tu contraseña.

Are you sure want to unlock this post?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?