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Ambiente: homologaron acuerdo de reparación por contaminación en el Parque Nacional Los Alerces

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A través de un pacto motorizado por la Fiscalía Federal de Esquel, la firma que presta servicios turísticos en la reserva deberá cumplir con varias medidas. Además, se le impusieron multas de más de dos millones de pesos

En Chubut, el Juzgado Federal de Esquel homologó un acuerdo de reparación integral en materia de contaminación ambiental que propusieron y suscribieron la Fiscalía, la Administración de Parques Nacionales (APN) y la empresa Cleona SA, prestadora de servicios turísticos en el Parque Nacional Los Alerces.

Cleona SA fue acusada de contaminar el suelo y el agua del Lago Menéndez, entre enero del 2017 y noviembre del 2021.

La resolución del conflicto, que se inspiró en el Acuerdo de Escazú (Ley 27566), fue llevada adelante por el Ministerio Público Fiscal (MPF), que a su turno invitó a los actores involucrados a formular alguna propuesta de cierre alternativo.

Así, la firma involucrada propuso medidas reparatorias que fueron aceptadas por las partes. Consisten en la difusión de un spot de sensibilización ambiental, la colocación de cartelería con accesibilidad cognitiva en puntos estratégicos del parque y la disposición de viajes de excursión a la zona para establecimientos educativos.

A su vez, pagó multas por un total de $2.013.500, por infracciones a normas ambientales, e indemnización por daño ecológico.

A la hora de valorar la procedencia de la solución propuesta, el MPF tuvo en cuenta que Cleona SA y el Parque Nacional Los Alerces habían regularizado la cuestión ambiental, en cuanto a la presentación del diagnóstico y el impacto de la actividad de la empresa dentro de la reserva.

También valoró que la recomposición o reparación del daño fue determinada administrativamente y que la SA cumplió con las sanciones y reparaciones.

Los hechos investigados ocurrieron en el Lago Menéndez, Seccional Puerto Chucao. Allí, Cleona SA provee servicios turísticos desde hace res décadas.

En 2018, la APN le concesionó nuevamente la prestación y para ello debía exponer un diagnóstico ambiental, lo cual no hizo pese a las intimaciones formuladas por el organismo estatal.

Ante la denuncia formulada por la APN, la Fiscalía Federal de Esquel emprendió una investigación en la que se lograron acreditar siete episodios contaminantes del suelo y el agua mediante utilización de hidrocarburos, ocurridos entre enero del 2017 y noviembre del 2021.

Al culminar las medidas de prueba, propició la acusación del presidente, de vicepresidente, del director apoderado y de tres empleados de la compañía, por considerarlos responsables de los delitos previstos en los artículos 55, 56 y 57 de la Ley 24051 (de Residuos Peligrosos).

A su vez, en función de los principios de la Ley General de Ambiente, requirió una medida cautelar con el objeto de prevenir la producción de nuevos daños.

La disposición preventiva fue ordenada hace poco más de un año por el Juzgado Federal de Esquel, por la cual se suspendió la actividad de la firma, y se mantuvo hasta noviembre del 2022, cuando la Intendencia del Parque Nacional Los Alerces informó que había aprobado el diagnóstico ambiental y que emprendió acciones conjuntas con Cleona SA que hicieron cesar la contaminación.

Para resolver el conflicto, la Fiscalía invitó a la Administración de Parques Nacionales y a los investigados a presentar pautas de solución alternativa, en función del artículo 22 del Código Procesal Penal Federal y del apartado 7 del artículo 8 del Acuerdo de Escazú, que dispone que “cada parte promoverá mecanismos alternativos de solución de controversias en asuntos ambientales, en los casos en que proceda, tales como la mediación, la conciliación y otros que permitan prevenir o solucionar dichas controversias”.

Los imputados presentaron una propuesta que fue homologada el 24 de febrero pasado, en el marco de un acuerdo de reparación integral.

A su vez, en el ámbito de la Administración de Parques Nacionales se le impusieron a la empresa multas por infracciones a normas ambientales y en los casos que se evaluó procedente se establecieron montos de indemnización por daño ecológico.

De esta forma, debió abonar una multa de $160.000 pesos y una indemnización de $945.090 por el daño ecológico producido a partir del derrame de combustible ocurrido el 11 de noviembre del 2021; y otra multa de $80.000 y una indemnización de $828.410 por daño ecológico, por el derrame de combustible producido por uno de los empleados de Cleona SA en el Lago Menéndez, el 6 de mayo del 2020.

Sobre la resolución, la Fiscalía valoró positivamente que las medidas que quedaron a cargo de las personas imputadas contribuyeron al objetivo conservacionista que motivó la creación del Parque Nacional Los Alerces y propenden a la educación y concientización en materia ambiental del conjunto de la sociedad.

A su vez, ponderó favorablemente el pago de la pretensión indemnizatoria por daño ecológico producido en la instancia contravencional.

En definitiva, el MPF estimó que la satisfacción de las pretensiones del Estado, aunado al cumplimiento de los compromisos asumidos en el marco del acuerdo, resultan proporcionales a los hechos que provocaron la contaminación que se les imputó en la causa y demuestran que los imputados tomaron dimensión del impacto de la actividad que provocó el daño que se busca reparar a través de las medidas reparatorias.

Además, peticionó la difusión de la resolución en cumplimiento con lo establecido por el Acuerdo de Escazú, para garantizar los derechos de acceso a la información, a la participación ciudadana y a la justicia ambiental.

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