El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Corrientes dictó dos resoluciones administrativas por las que permitió que dos parejas puedan inscribirse en el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines de Adopción.
Si bien los dos matrimonios cumplieron con la totalidad de los requisitos impuestos por la normativa y los informes socioambientales y psicológicos eran óptimos, ambos solicitaban esa inscripción para dar salida legal a una guarda judicial que ya tenían otorgada. Es decir, solicitaban ser inscriptos para adoptar a quienes ya tenían bajo su cuidado, con quienes ya tenían un vínculo afectivo, cuando la inscripción sólo supone la intención genérica de adoptar y no está relacionada con alguien en concreto.
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