Confirman excepción de pluspetición al concluir que la entidad financiera no aportó la documentación necesaria para que la pericia contable determinara la totalidad de la deuda reclamada
En el marco de un juicio en el que el Banco de Córdoba SA le reclamó al actor el pago de un crédito obtenido mediante cajero automático, la Cámara 7ª en lo Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba confirmó la excepción de pluspetición (exceso cuantitativo de la pretensión sobre lo exigible o debido y excepción producida por tal causa) interpuesta por el accionado y admitida por la sentencia de primera instancia, ya que la entidad bancaria no aportó la documentación necesaria a la perito contable a finde que determine la totalidad de la deuda reclamada.
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