viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Admiten cautelar para que un hombre viaje al nacimiento de su hija

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Aerolíneas Argentinas había reprogramado los boletos de avión. El Juzgado tuvo en cuenta la Ley de Defensa del Consumidor y el daño irreparable que significaba el retraso del vuelo

Un Juzgado Federal de Campana, provincia de Buenos Aires, hizo lugar a una medida cautelar interpuesta por un hombre que tenía que viajar a Estados Unidos para presenciar el nacimiento de su hija por vientre subrogado pero le reprogramaron el vuelo.

El demandante había sacado dos pasajes a Miami para el 23 de septiembre de 2020 pero la empresa Aerolíneas Argentinas reprogramó el viaje para el 25 de ese mes, sin invocar motivo. El nacimiento estaba programado para la segunda semana de octubre en un hospital de San Diego, California, que exigía 14 días de cuarentena estricta para ingresar. Por tal motivo, el cliente y su madre debían llegar a tiempo para estar presentes en el parto.

Por tal motivo el cliente expresó que el aviso de la Aerolínea “le ocasionaría un daño cierto en el interés (asunción de custodia) y del niño por nacer, cuyos derechos deben estar protegidos desde la concepción, resultando necesario que se prevenga el daño por medio de la resolución autosatisfactiva que pretende”.

El Juzgado hizo lugar al reclamo haciendo hincapié en la Ley de Defensa del Consumidor, citando el artículo 4 de la norma, el cual establece que “el proveedor está obligado a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee, y las condiciones de su comercialización. La información debe ser siempre gratuita para el consumidor y proporcionada con claridad necesaria que permita su comprensión”.

El fallo ponderó que “la nueva reprogramación del vuelo ­ anunciada afectaría los derechos tanto del peticionante como de su hija por nacer, y que además –atento el estado de emergencia sanitaria indicado con relación al país de destino­, podría derivar en un daño irreparable”

De esa forma, se ordenó que Aerolíneas Argentinas cumpla la prestación contratada con fecha original el 23 de septiembre pasado y reprogramada para el 25 de ese mes entre el aeropuerto internacional de Ezeiza y Miami.

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