La acción fue receptada en forma parcial. El tribunal destacó que la Administración Pública debe proveer información completa, veraz, adecuada y oportuna
La Cámara Contencioso-administrativa de Segunda Nominación de la ciudad de Córdoba hizo lugar parcialmente a una acción de amparo ambiental, con fundamento en la omisión de la Secretaría de Ambiente de la Provincia de Córdoba en dar respuesta a lo peticionado por la parte actora. Ésta había requerido la información pública vinculada al “Proyecto de Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos de la ciudad de Río Cuarto”.
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