viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Admiten a argentina en caso por crímenes del franquismo

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La querellante es pariente de tres ciudadanos españoles. Dos fueron fusilados y uno está desaparecido. En primera instancia habían rechazado su pedido porque no tenía el grado de parentesco requerido.

La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal admitió como parte querellante a una familiar de tres víctimas de crímenes cometidos durante el franquismo. En primera instancia la solicitud le fue denegada con base en que no tenía el grado de parentesco  requerido por el código de forma.

Inés García Holgado es sobrina nieta de los ciudadanos españoles Luis García Holgado y  Elías García Holgado, fusilados en julio de 1936 y septiembre de 1937, respectivamente. Además, es  sobrina de Vicente García Holgado, quien se encuentra desaparecido. El artículo 82 del Código Procesal Penal de la Nación consigna los requisitos para constituirse como parte querellante y en su tercer párrafo establece que, cuando se trate de un delito cuyo resultado es la muerte del ofendido, podrán ejercer el derecho el cónyuge, sus padres,  hijos o su último representante legal.

Como Inés García Holgado no tenía el parentesco requerido, el juez de grado le negó la posibilidad de ser querellante, pero la Alzada interpretó que en el primer párrafo se sienta como principio general el derecho de la persona “particularmente ofendida” a querellar y luego, en el tercero, se establece una disposición particular cuando se produce la muerte de la víctima.

Circunstancias
“Este último precepto hace alusión a personas que, sin ser sujetos pasivos del delito -y estando unidos a éste por una relación familiar o representativa-  resultan dañadas”, explicó el tribunal,  aclarando que el  tercer párrafo no excluye a personas que, conforme las circunstancias concretas, puedan considerarse también ofendidos fuera de los grados de parentesco referidos.

La Cámara también se refirió al caso, reseñando que la particular ofensa que sufría la pretensa querellante estaba vinculada con la incertidumbre del destino final de sus familiares, como consecuencia del modus operandi propio de los delitos de lesa humanidad, recordando que las víctimas son titulares del llamado “derecho a la verdad”.

Así, concluyó que García Holgado actúa en su condición de familiar de los sujetos pasivos y que, en tal carácter, busca con su intervención el castigo de los culpables y reconstruir el destino final de sus parientes.

El juez Baltasar Garzón, a juicio

El Tribunal Supremo español confirmó que se llevará a cabo el juicio por prevaricato abierto en contra del juez Baltasar Garzón, quien podría ser inhabilitado 20 años por haberse declarado competente para investigar los crímenes de la Guerra Civil Española y el franquismo.

Así, desestimó el recurso presentado por el magistrado, en el que éste cuestionó la decisión del juez instructor Luciano Varela de denegarle la práctica de pruebas que solicitó, entra las que figuran tomar testimonio a especialistas en Justicia universal.

Los cinco magistrados de la Sala Penal del tribunal convalidaron el procedimiento llevado a cabo por Varela  y allanaron el camino hacía el juicio oral, que podría celebrarse antes de fin de año.

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