La Cámara 9ª Civil y Comercial de Córdoba, integrada por los jueces María Mónica Puga, Verónica Francisca Martínez y Walter Adrián Simes, por mayoría, revocó la sentencia de primera instancia en una causa por un accidente de tránsito, en relación con la actualización del límite de cobertura de la póliza de seguro, estableciendo un criterio novedoso para el cálculo de la indemnización.
El caso se inició cuando el 17 de febrero de 2016, en la Ruta Nacional N° 18, entre Concordia y Paraná, Entre Ríos, se produjo el trágico siniestro. D.F.D. viajaba su familia: esposa y tres hijos, cuando su automóvil fue embestido de frente por un vehículo conducido por J. C.R.A., quien circulaba a alta velocidad y en contramano, resultando muertos su cónyuge y dos de los niños, en tanto el demandante (D.F.D.) sufrió graves lesiones que le dejaron una incapacidad del 70% y su hijo restante también resultó herido.
Como consecuencia de los daños y perjuicios sufridos, se inició una demanda contra los sucesores de J. C.R.A. y la aseguradora Allianz Argentina Compañía de Seguros SA La responsabilidad del primero fue acreditada, y se cuantificaron los daños causados a las víctimas. Sin embargo, la controversia principal giró en torno a la actualización del límite de cobertura de la póliza de seguro.
Conflicto
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