viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Aceptan que una joven no sea sometida a una prueba de ADN

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En el marco de un juicio de filiación, el supuesto padre biológico reclamaba que se realizara el examen genético. Se priorizó el interés superior del niño

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Corrientes anuló el fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Curuzú Cuatiá y respaldó la decisión de una joven, quien se negó a hacerse una prueba de ADN que había sido solicitada por quien dice ser su padre, en el contexto de una demanda por filiación.

Los jueces anularon los argumentos de la cámara, que sostuvo que la opinión de la menor no resultaba vinculante para el juez, “de quien se exige desentrañar si su opinión es genuina o se encuentra indebidamente influenciada por los adultos o cuando es contraria al interés superior del niño”.

Los miembros del STJ destacaron los informes de los psicólogos forenses, que demostraron que la adolescente manifestó que no estaba preparada para conocer una realidad distinta de la que conocía. Explicaron que siempre se crió con su madre y con el que considera su padre, “quienes desde sus primeros pasos le brindaron apoyo, contención y amor y que constituyen la columna vertebral de su vida, que no pretende cambiar”.

No quiero hacerme la prueba de ADN porque yo tengo mucha familia, muchas tías, familia numerosa, un papá que me ama, un hermano, una abuela que me ama con el corazón”, expresó la joven durante las entrevistas.

Ella dejó en claro que, si efectivamente el hombre que reclama la paternidad es su padre biológico, no pretende tener contacto con él porque “ese tipo no me cambió los pañales, no estuvo cuando estuve enferma”.

En respaldo de la postura de la joven, los juristas Guillermo Semhan, Fernando Niz, Luis Rey Vázquez, Eduardo Panseri y Alejandro Chaín coincidieron en que se debe priorizar el interés superior del niño y recordaron que en la actualidad existen medios que permiten recoger muestras sin invadir físicamente a la persona, que es lo que se tendría que aplicar en este caso.

Al respecto, los magistrados destacaron que la menor “siempre tendrá la posibilidad de realizarse la prueba genética cuando lo desee”.

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