miércoles 25, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Absolvieron por prescripción a un sacerdote acusado de abuso sexual

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El cura Carlos Eduardo José, de 62 años, fue absuelto en el juicio que enfrentó por haber abusado sexualmente durante casi una década de una alumna del colegio parroquial que dirigía, en la localidad bonaerense de Caseros, desde que la joven tenía 12 años.

Actualmente, otras dos víctimas aguardan una decisión de la Suprema Corte bonaerense para poder impulsar otros procesos.

Luego de que el Tribunal Oral en lo Criminal Número 2 de San Martín divulgó su decisión, se registraron incidentes entre los familiares de las damnificadas y las personas que se acercaron al lugar para respaldar al cura.

José dirigía el Colegio San José Obrero. Tras la denuncia promovida por Mailín Gabbo, en 2017, por abuso sexual gravemente ultrajante, quedó detenido con prisión preventiva.

“Todavía nadie se pone los pantalones largos en la Justicia de la Provincia de Buenos Aires; gobierne quien gobierne, tenemos el mismo procurador, que es del Opus Dei, y donde está la Iglesia hay prescripción”, afirmó el letrado de la damnificada.

Aunque el sacerdote no negó los hechos, el juzgador consideró que la causa prescribió.

Héctor Silveyra, abogado de Gabbo, calificó como vergonzoso el fallo y adelantó que apelará. “Nunca negó los hechos, pero acá es tierra de nadie. Se amparan detrás de la prescripción. Lo de la Iglesia es una vergüenza, mandaron a sus laicos, todos pagos, como fuerza de choque. No puedo creer que festejen esta injusticia”, sostuvo.

“Todavía nadie se pone los pantalones largos en la Justicia de la Provincia de Buenos Aires; gobierne quien gobierne, tenemos el mismo procurador, que es del Opus Dei, y donde está la Iglesia hay prescripción”, afirmó también.

Fallo

En su fallo, los camaristas Raúl Luchelli Ramos, Carolina Martínez y Mónica Carreira desdoblaron en dos los hechos sucedidos entre 1999 y 2008, según hubieran ocurrido en la escuela o en la casa familiar de la denunciante, y votaron unánimemente por la absolución en el primer caso y mayoritariamente en el segundo caso, por el beneficio de la duda, con la disidencia de Martínez.

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