miércoles 27, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

“Las Constituciones no se respetan”

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“Tanto en el ámbito federal como provincial, lo que está ocurriendo ya alcanzó niveles bochornosos. Las Constituciones no se respetan”, afirmó el constitucionalista Antonio María Hernández al ser consultado por Comercio y Justicia sobre lo ocurrido en el Banco Central de la República Argentina (BCRA) y con respecto al fallo del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba sobre la suspensión de las cautelares dictadas por dos Cámaras civiles contra los recortes jubilatorios.

“El accionar del Poder Ejecutivo Nacional, en cuanto a los dos Decretos de Necesidad y Urgencia dispuestos recientemente, son groseramente inconstitucionales”, aseguró Hernández.

– ¿No estamos dentro de un caso excepcional?
– De ninguna manera estamos dentro de los casos de excepcionalidad, que claramente señala la Constitución, como lo es cuando hay urgencias de tipo penal o tributaria, por caso. Aquí hay, en primer lugar, un decreto denominado pomposamente “Bicentenario”, con el cual se pretende, groseramente, meter mano en los fondos del Banco Central. Debemos saber que en el presupuesto del año pasado ya se había fijado un monto para el pago de deuda. Ahora parece que hacen falta fondos para otros fines, por el problema económico que se evidencia en las arcas nacionales. Frente a esto, el presidente del Banco Central tiene dudas sobre si corresponde o no liberar esos fondos y recurre a la Ley Orgánica de la entidad. En ella está fijado que, por el artículo 3º, el Poder Ejecutivo no puede dar órdenes a la entidad y, por ende, el titular del BCRA actuó de conformidad a lo que pauta la ley.

– ¿Y sobre la remoción de Martín Redrado?
– Ahí estamos en el caso del segundo decreto, que al igual que el primero no respeta lo que establece la Constitución. Para el proceso de remoción de un presidente del Banco Central hay una comisión bicameral que debe actuar en consecuencia y si lo encuentra justificado y necesario procederá con la remoción del funcionario. Pero, claramente, no es algo que pueda resolver por decreto la Presidenta, pues se está saltando por sobre la Ley Orgánica del Banco Central y se dicta un decreto con el solo fin de lograr fondos con clara premura.

– Este accionar del Poder Ejecutivo, ¿a qué se debe?
– Este accionar del Poder ejecutivo Nacional nos revela que hay una constante violación a la Constitución a partir de un hiperpresidencialismo que vivimos y que, claramente, lesiona los otros poderes. Creo que llegó la hora del Congreso, para poner freno a la utilización indiscriminada de los decretos de necesidad y urgencia. Es evidente que el Congreso no ejerció un control claro y facilitó el hiperpresidencialismo, con un claro avance del Poder Ejecutivo a gobernar por decreto. Aquí también vale aclarar que por el artículo 99, inciso 3, de la Constitución, el Vicepresidente de la Nación puede convocar al Congreso y no sólo lo puede hacer la Presidenta. Sería bueno que esta convocatoria se concrete para que el pleno de las dos cámaras traten los dos decretos, tal como corresponde. Es un caso muy similar al que ocurre cuando, con el Congreso en receso, se concreta una Intervención federal. Se debe convocar a ambas cámaras para darle legalidad a dicha intervención.

– Si bien todo ello es negativo, ¿qué se puede rescatar como positivo?
– Hay algunas cuestiones para rescatar. Por caso, el accionar de la Justicia, en la persona de la jueza María José Sarmiento, que frente a dos cautelares dejó sin efecto los decretos del

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