martes 5, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Buscan debatir mañana el proyecto de Ley de Tierras en el recinto de Diputados

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El proyecto de ley  que busca limitar la tenencia y adquisición de tierras por parte de extranjeros recibió hoy dictamen en un plenario de comisiones de la Cámara de Diputados y quedó habilitado para ser debatido mañana en sesión especial.

La iniciativa recibió el apoyo del bloque del Frente para la Victoria, del peronismo puntano (Compromiso Federal) y de Unión Peronista, la bancada que conduce el diputado Felipe Solá.

La norma, debatida esta tarde en un plenario de las comisiones de Legislación General, que conduce Luis Cigogna; Asuntos Constitucionales, a cargo de Diana Conti; y de Agricultura, presidida por Luis Basterra, fue uno de los pedidos que la presidenta Cristina Fernández de Kirchner le hizo al Congreso Nacional en su discurso al reasumir la jefatura de Estado, el sábado último.

Si bien el dictamen de mayoría tuvo como base la propuesta que el Poder Ejecutivo remitió meses atrás a la Cámara baja, se incluyeron en el texto modificaciones planteadas por la mayoría de los bloques y se redujo, por ejemplo, de 20 a 15 por ciento el porcentaje del territorio nacional permitido para que esté bajo posesión extranjera.

Puntos clave

Según el texto -que no prevé retroactividad y por ende no vulnera derechos adquiridos- de ese 15 por ciento total no podrá haber más del 30 por ciento en manos de “personas físicas o jurídicas de una misma nacionalidad”.

La iniciativa establece que las tierras en poder de extranjeros “no podrán superar las mil hectáreas o superficie equivalente en la zona núcleo determinada por el Consejo Interministerial de Tierras Rurales”.

Además, el proyecto, en su artículo 11, advierte que se “atenderán los tratados bilaterales de inversión suscriptos por Argentina”, vigentes a la entrada en vigor de la ley y que “no se entenderá como inversión la adquisición de tierras rurales por tratarse de un recurso natural no renovable”.

La ley también  fija excepciones para aquellos extranjeros “unidos en matrimonio con ciudadanos argentinos” o que “tengan más de 10 años de residencia permanente y probada” y fija estrictas prohibiciones para la venta de superficies que “contengan o sean ribereñas de cuerpos de agua de envergadura y permanentes”.

Por otro lado, se prohíbe la venta de “inmuebles ubicados en zonas de seguridad de fronteras”, a excepción de lo dispuesto en la ley de Defensa Nacional (23.554) y crea como autoridad de aplicación al Registro Nacional de Tierras Rurales, en el ámbito del Ministerio de Justicia y de la cartera de Agricultura.

(Télam)

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