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Más tiempo para acceder a beneficios de planes de pagos y moratoria

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 31 de mayo el plazo para que los contribuyentes puedan cancelar las obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25%. El organismo también otorgó más tiempo para los beneficios de los planes de pago permanente, en cuanto a la cantidad de cuotas y planes adheribles. Las medidas, apuntan a coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes.

Ganancias y Bienes Personales

La Resolución General 5177/22 establece que los contribuyentes puedan cancelar las obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25%. Asimismo, dispone que el organismo no considerará la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) de los contribuyentes al momento de tramitar planes para regularizar sus obligaciones alcanzadas. El beneficio alcanza a los contribuyentes incluidos en las categorías A, B, C o D y excluye a quienes estén categorizados como «riesgo muy alto», categoría E.

El “Sistema de Perfil de Riesgo” es un sistema informático de calificación que realiza procesos de evaluación mensual sobre el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales de los ciudadanos.

DATOS BIOMETRICOS.

Asimismo, por medio de la  Resolución General 5180/22 se extiende por tres meses hasta el próximo 30 de junio de 2022 la vigencia de la excepción de registrar los datos biométricos.

Plan permanente

Por medio de la Resolución General 5178/22, el Fisco nacional extendió hasta el 31 de mayo de 2022 la vigencia transitoria correspondiente a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, así como la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicables en el régimen de facilidades de pago permanentes. El máximo es ocho cuotas y seis planes por persona.

Además, los beneficios en las condiciones de los planes permanentes de pagos para quienes desarrollan actividades críticas también continuarán vigentes hasta el 31 de mayo de 2022.

Moratoria

El Ente recaudador extendió el plazo para que los contribuyentes puedan acceder a los beneficios previstos en la ley de Alivio Fiscal Ley 27653, que constituye una de las medidas para acompañar la etapa de recuperación económica. Será oficializada mediante la RG 5181/22.

  • La adhesión a la moratoria podrá efectuarse hasta el 29 de abril
  • La solicitud para la condonación de deudas estará habilitada del 1 al 18 de abril.
  • Hasta el 18 de abril se extendió el plazo para que los contribuyentes cumplidores puedan acceder a beneficios.

Condonación de deudas: El nuevo plazo para acceder al perdón fiscal será del 1° al 18 de abril. La condonación de deudas pueden solicitarla entidades y organizaciones sin fines de lucro como clubes de barrio, cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares y organizaciones comunitarias. También abarca deudas inferiores a $100.000 de monotributistas y otros pequeños contribuyentes, y de micro y pequeñas empresas que cuentan con el Certificado MiPME

Para ingresar su solicitud deberán ingresar a la página web de la AFIP, dentro del servicio “Condonación de deudas – Título I – Ley 27.653” con clave fiscal nivel de seguridad 3. En caso de que la AFIP detecte inconsistencias o la falta de alguno de los requisitos necesarios para acceder al beneficio, las y los contribuyentes podrán manifestar su disconformidad hasta el 18 de abril

Moratoria: La adhesión al plan de regularización está habilitada hasta el 29 de abril. El plan de facilidades de pago permite solicitar el beneficio por deudas impositivas, aduaneras o de la seguridad social, incluidos intereses, multas y demás sanciones firmes relacionadas, vencidas al 31 de agosto de 2021. 

Contribuyentes cumplidores: Los contribuyentes cumplidores tendrán tiempo hasta el 18 de abril para acceder a los distintos beneficios establecidos en la ley de alivio fiscal. Los monotributistas podrán acceder a la eximición del componente impositivo del pago mensual que se efectuará a partir del período fiscal mayo de 2022

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