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“Ley ómnibus”: ¿qué se acordó en el tema de Bienes Personales?

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Se realizaron algunos cambios al texto original de la ley del gravamen fijando el mínimo no imponible en cien millones de pesos y 350 millones de pesos para casa habitación a partir del periodo fiscal 2023, inclusive.

En la actualidad los montos publicados por la AFIP son de $27.377.408,28 y para casa-habitación $136.887.041,42. A su vez, el nuevo texto modifica las escalas del tributo aplicables desde el periodo 2023 al 2027. En tanto, y para los contribuyentes cumplidores el proyecto propone que quienes cumplieron la totalidad de sus obligaciones periodos 2020 a 2022, inclusive, tendrán una reducción de la alícuota para los períodos fiscales 2024, 2025 y 2026. En ese sentido, las alícuotas del 1,25% y 1,5% previstas en la escala del inciso b) del primer párrafo del artículo 25 de la ley del gavamen, serán reducidas a uno por ciento y 1,25%, respectivamente.

El contribuyente cumplidor deberá haber presentado en tiempo y forma, las DD JJ relativas a los períodos fiscales 2020, 2021 y 2022 y haber cancelado en su totalidad antes del 30 de noviembre de 2023 el saldo a favor la AFIP  resultante en cada una de esas declaraciones juradas.

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