La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que el primer anticipo del impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2024 de las personas humanas y sucesiones indivisas podrá ingresarse, de manera excepcional, hasta el 25 de octubre de 2024. Los vencimientos originales operaban entre el 14 y el 16 de octubre, según la terminación de la CUIT. Todas las personas humanas y sucesiones indivisas inscriptas en el impuesto deben determinar cinco anticipos e ingresar cada uno de ellos.
Se recuerda que los anticipos son pagos a cuenta de un determinado impuesto al que está obligado un contribuyente. Estos pagos se descuentan del monto determinado de la obligación principal al momento de presentar la correspondiente declaración jurada.
El pago del anticipo podrá efectuarse por medio de la Billetera Electrónica AFIP o mediante Volante Electrónico de Pago (VEP), accediendo al servicio con clave fiscal “Presentación de DDJJ y Pagos” y utilizando los siguientes códigos para su consolidación:
· Impuesto: 011 – Ganancias Personas Físicas
· Concepto: 191 – Anticipos
· Subconcepto: 191 – Anticipos
Podrá utilizarse el código QR para cancelar el VEP generado