martes 26, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

¿Existe un cepo de hecho que afecta la importación?

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Juan Pablo Rizzi –abogado- considera que restringir de manera arbitraria el derecho a comerciar de los importadores, incide en la producción de bienes nacionales, que depende del abastecimiento de insumos y repuestos extranjeros y, consecuentemente, la exportación de aquellos productos finales

“En la actualidad algunos importadores encuentran dificultades para pagar a sus proveedores extranjeros. Aparentemente el Banco Central de la República Argentina (BCRA) les habría pedido informalmente a los bancos privados que hicieran todo lo posible para evitar la salida de divisas”, señaló a Factor Juan Pablo Rizzi,-abogado- socio del estudio Centarti y Rizzi, sobre la actualidad jurídica del comercio exterior.
Según el profesional, esta restricción cambiaria no tiene sustento en la normativa vigente, pues, cumpliendo las condiciones establecidas en la comunicación “A” 6818 del BCRA, los importadores no deberían tener ningún problema para acceder al mercado cambiario y así pagar las importaciones correspondientes. Este problema obviamente tiene su explicación en la insuficiencia de reservas que padece en la actualidad el BCRA y en la necesidad de evitar que éstas sigan disminuyendo por egresos. Paralelamente, restringir el derecho a comerciar de los importadores de manera arbitraria afecta la producción de bienes nacionales, que depende del abastecimiento de insumos y repuestos extranjeros y, consecuentemente, la exportación de aquellos productos finales. En definitiva, esto último impide que ingresen divisas genuinas al BCRA para engrosar sus reservas.

Ante una situación irregular como la descripta ¿qué alternativa le queda al importador afectado?
La situación descripta es fáctica, no jurídica. Es decir que, normativamente, cumpliendo los requisitos existentes, el importador no debería tener ningún problema para operar. En consecuencia, el importador que se vea afectado por una restricción cambiaria arbitraria de su banco privado deberá hacer constar esa situación mediante un acta de constatación labrada por ante escribano público. Posteriormente, de ser necesario, debería iniciar acciones en contra del banco respectivo para poder destrabar dicha situación. Estimo que los bancos privados que así estén operando no opondrán mayor resistencia por cuanto no tienen una obligación jurídica para con el BCRA a su respecto y sí la tienen para con su cliente; con lo cual podrían verse afectados.

Desde otro punto de vista, ¿qué alternativas le quedan al Estado para mantener las reservas del BCRA?
Entiendo que restringir la importación productiva es contraproducente porque sólo achica la economía e impide la reactivación económica. En mi opinión, la única alternativa que existe para mantener las reservas y acrecentarlas es fomentar las exportaciones de bienes y de servicios para que ingresen divisas genuinas. Por todos los medios tenemos que lograr que nuestra balanza comercial sea positiva, es decir, que nuestras ventas al exterior sean superiores a nuestras compras. En este marco, la exportación de servicios debería jugar un papel protagónico. Argentina tiene ventajas competitivas sobre sus pares de la región que derivan directamente de la educación pública. Es decir, tiene profesionales de calidad cuyos servicios pueden generarle al Estado un mayor ingreso de divisas que el actualmente sucede.
Actualmente la exportación de servicios se encuentra gravada con derechos de exportación.

¿Considera que ello afecta el ingreso de divisas?
Por supuesto. Entiendo que nuestro país debería desarrollar una política de Estado en materia de exportación de servicios. Debe fomentarla, no desalentarla. En la actualidad existen dos problemas que pueden desalentar a las empresas exportadoras de servicios. Por un lado, la existencia de un gravamen que no existe en ningún otro lugar del mundo, que es la exigencia de un derecho de exportación que transgrede toda nuestra legislación aduanera, ya que ésta gira en torno a mercaderías y no a servicios, y -por el otro- la existencia del cepo. Esto último, por la obligación de ingresar y negociar en el mercado de cambios las divisas derivadas de la exportación de servicios, la dificultad para adquirir dólares en el mercado interno y la diferencia entre la cotización del dólar oficial y de aquel al cual acceden estos mal llamados exportadores; pues este último término está reservado a las mercancías.

¿Qué riesgos corre el Estado ante estos dos problemas?
En esas circunstancias resultaría probable que las empresas prestadoras de servicios se radiquen en otros Estados en los que tienen mayores libertades. O radiquen una firma vinculada. En consecuencia, Argentina podría perder un generador de divisas genuinas, o parte de éstas.

En su opinión, ¿qué debería hacer nuestro Estado respecto de la exportación de servicios?
Considero que nuestro país debe tener una política de Estado sobre la exportación de servicios para atraer la radicación de empresas prestadoras de éstos. Argentina debería eliminar los derechos de exportación que los afectan, otorgarles a estos prestadores ventajas impositivas con estabilidad fiscal por un plazo considerable, aun cuando puedan prestar dichos servicios desde el exterior, a fin de que las divisas que generen ingresen y se negocien en el mercado de cambios. En otras palabras, debemos poner el foco en el ingreso de divisas genuinas más que en la recaudación impositiva. A estos efectos podríamos tomar como modelo lo desarrollado en el Estado de Delaware en Estados Unidos y replicarlo en alguna de nuestras provincias.

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