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Contadores podrán probar aplicativo Ganancias 2015

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Para Pablo Bertello, el acuerdo celebrado entre las dos entidades y su acta complementaria es un avance para mejorar aspectos laborales diarios que atañen a los profesionales en ciencias económicas, pero destaca que es sólo un primer paso.

La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Econónomicas (Facpce) ha firmado recientemente con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) el acta complementaria -5/10/15-  del  acuerdo de cooperación suscripto con fecha 10 de septiembre pasado.

El acta establece que el Fisco nacional pondrá a disposición de la Facpce el programa aplicativo para la liquidación de los impuestos a las Ganancias de las Personas Físicas y sobre los Bienes Personales y la correspondiente liquidación del impuesto a las Ganancias de Sociedades (en todos los casos para la liquidación del período fiscal 2015). A su vez, se encarga de  detallar que se instalará una copia del aplicativo por cada consejo profesional asociado.

El acta también dispone que la Facpce contará con un plazo de 15 días -no se especifica si son corridos o hábiles- para realizar pruebas funcionales y recabar experiencias de un número acotado de usuarios. Vencido el término, dicha entidad procederá a informar a la Subdirección General de Recaudación las opiniones y experiencias de usuarios recogidas, así como toda sugerencia que considere de importancia.

Factor dialogó con Pablo Bertello -contador público- quien destacó aspectos de lo concordado  por el órgano fiscalizador y la entidad que aglutina los consejos profesionales del país, además de otras cuestiones afines.

¿Qué opinión le merece, en términos generales,  el acuerdo de cooperación?
-Es de trascendental importancia para los profesionales en ciencias económicas. De su lectura surgen dos  aspectos claves:
1- Que los colegas tendrán un ámbito o espacio para plantear problemas, inquietudes sobre diversos temas que viven en forma cotidiana tales como deficiencias de los aplicativos, en los servicios que se utilizan mediante Clave Fiscal.
2- En caso de que surjan nuevos servicios web se tendrá la oportunidad de analizarlos antes de su puesta en funcionamiento, todo lo que permitirá contar con mayor y mejor información al momento de trabajar y asesorar a los clientes.

Y… ¿qué opina de contar con el aplicativo a modo de prueba para liquidar Ganancias y Bienes Personales 2015?
-Es positivo y alentador ya que se deduce que el comenzar a trabajar con tanta anticipación en el aplicativo, y si se respetan los tiempos señalados, redundará en que los contadores tendrán los mencionados aplicativos con suficiente antelación,  permitiendo así revisar con tiempo toda la información necesaria. A su vez,  los profesionales no tendrán que  trabajar contrarreloj para poder cumplir en tiempo y forma con la obligación formal de los contribuyentes.

¿Qué problemas enfrentaron los profesionales en la liquidación de los impuestos -período 2014-?
-El primer gran problema fue que el aplicativo fue puesto a disposición pocos días antes del vencimiento de las obligaciones, lo que genera trabajar a destajo, hasta altas horas de la noche, y no conocer con precisión qué elementos son necesarios que se le soliciten al contribuyente para la confección de su declaración jurada.
Además del mencionado, existen otros inconvenientes tales como:
a) Si se asignó erróneamente en la parte de datos descriptivos si la renta de 4º es menor de $15.000, si está entre 15.000 y 25.000, o lo supera, hoy no se permite cambiar, excepto con la eliminación de la declaración jurada;
b) En el caso del cómputo de las deducciones personales, cuando un contribuyente presenta rentas de distintas categorías no permite declarar el monto correspondiente sino que se aplican ciertos topes que no son los que corresponden al caso en particular;
d) existen problemas con la valuación de algunos bienes (moneda extranjera, en particular).

¿Qué aspectos adicionales podría agregar?
-También es importante tener certeza y precisión sobre la normativa vigente con la cual trabajar año tras año, porque por ejemplo se podrá contar con un aplicativo que prevé ciertas deducciones personales (con valores determinados), pero si antes del vencimiento de la Declaración Jurada de Impuesto de 2015 se publica una normativa que modifica los importes a computar como deducciones personales y  el programa aplicativo no prevé dichos importes, de poco servirá tener con antelación el sistema.
Por lo tanto, si bien es un gran paso este tipo de acuerdos y  en particular lo que hace al programa aplicativo que nos ocupa, no es menos importante el contar con precisión, claridad y certeza con la normativa vigente al momento de revisar el programa aplicativo, ya que una modificación en la legislación sin que impacte en éste, los acuerdos no tendrán la importancia y la trascendencia que pretenden tener.

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