viernes 27, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Un asalariado trabaja entre 173 y 211 días para cumplir sus obligaciones tributarias

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Según un trabajo realizado por el Iaraf, se reduce en 2016, luego de cinco años, la carga impositiva formal sobre las familias argentinas. Se debe a la actualización de los mínimos imponibles de Ganancias. Por lo tanto, los grupos más beneficiados son aquellos cuyo único miembro aportante percibe mayores ingresos

Entre 47,5% y casi 58% del ingreso total de una familia tipo argentina cuyo único miembro aportante es un asalariado formal se destina a cubrir la carga tributaria integral (incluyendo contribuciones patronales), según el trabajo realizado por el Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf) que conduce el economista Nadin Argañaraz.
Así, un trabajador asalariado en Argentina debe trabajar en 2016 entre 173 y 211 días para cumplir con las obligaciones tributarias de los tres ámbitos de gobierno. En consecuencia, el “día de la independencia tributaria” (día cuando se deja de ‘trabajar para el Fisco’ -asumiendo que se empezó a hacerlo el 1 de enero-), se ubica entre el 21 de junio pasado y el 29 de julio próximo, en función de los ingresos del asalariado.
De este modo y según el trabajo, se observa una “importante reducción” en la cantidad de días necesarios para pagar impuestos para los tres estratos más elevados, “de hasta 20 días menos, que los verificados en la medición del año anterior, fruto principalmente del importante ajuste de mínimos y deducciones en el impuesto a las Ganancias de personas físicas en relación de dependencia”, se indicó.
De allí se desprende que las familias más beneficiadas son aquellas cuyo único miembro aportante percibe mayores ingresos mensuales.

Según los ingresos
El trabajo consideró cuatro casos de ingresos hipotéticos, para una familia compuesta por un matrimonio y dos hijos, cuyos ingresos son generados por un solo miembro. En el primer caso, para el cual la carga asciende a 47,5%, corresponde a quienes hoy no pagan impuesto a las Ganancias, mientras que en los tres casos restantes, que sí tributan este impuesto, su incidencia evidentemente es mayor, a mayor tramo de ingreso considerado.
“La falta (o insuficiente) actualización de parámetros de cálculo del impuesto a las Ganancias para los años 2012, 2013, 2014 y 2015 provocaron a lo largo de ese período que quienes debían pagarlo lo hicieran a tasas efectivas mayores cada año, es decir que su obligación tributaria fue creciendo en esos años en una proporción muy superior a la de sus ingresos nominales, lo que derivó en un desplazamiento del ‘día de la independencia tributaria’ para los tres niveles de ingresos más elevados”, se indicó.
“Por el contrario, la importante actualización de los mínimos y deducciones del impuesto a las Ganancias aplicada a comienzos de 2016, redujo sustancialmente la carga tributaria de dicho impuesto, reduciendo entre 14 y 20 los días necesarios para pagar impuestos en comparación con la situación del año 2015”, agregó.
Sin embargo, el trabajo hecho por el Iaraf destaca que el indicador aún se ubica “en valores superiores a los de 2011 ó 2012, fundamentalmente debido a la falta de actualización de las escalas de liquidación del tributo”.

Otras impuestos
El informe considera otros impuestos directos. En el caso de Inmobiliario y Automotor, indicó que los incrementos han generado un corrimiento de entre uno y dos días. “Sin embargo, es la falta de actualización de los parámetros de cálculo del impuesto a los Bienes Personales lo que ha provocado que el índice haya sufrido una variación adicional de tres a cinco días en los niveles de ingresos más altos dentro de los ejemplificados”, se explicó.
“En lo que respecta a los impuestos al trabajo, si bien no han sufrido variaciones en sus alícuotas legales, el incremento en el período del tope remunerativo para efectuar retenciones jubilatorias en porcentajes superiores al incremento promedio de los sueldos en el período 2011-2015, generó un incremento en la alícuota efectiva de la retención jubilatoria para los niveles superiores de ingresos ejemplificados”, agregó.
“Finalmente, se advierte una leve caída en la importancia relativa de los impuestos indirectos en los niveles superiores de ingresos”, indicó el trabajo del Iaraf.

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