La Secretaría de Ingresos Públicos de la Provincia extendió el plazo para el pago de deuda vencida de multas e impuestos provinciales inmobiliario (urbano y rural), automotor, embarcaciones e ingresos brutos.
El beneficio extraordinario, que finalizaba ayer martes, estará vigente hasta el 31 de enero de 2025 y fue publicado ayer en el Boletín Oficial (ver Leyes y Comentarios, pág. 1B).
La extensión, anticipada por Comercio y Justicia, brinda a los contribuyentes distintos plazos para abonar sus deudas vencidas, pudiendo elegir entre las tres cuotas sin interés y 18 cuotas con una tasa mensual de 1,5%.
Además, no se exigen anticipos; es decir, el plan queda conformado con el pago de la primera cuota.
Entre los puntos salientes, se destacan que se podrá incluir deuda vencida al pasado 31 de octubre.
De este modo, ahora se pueden tener más de dos planes de pago activos.
Asimismo, se suma un beneficio excepcional: interés de financiación reducido de acuerdo a la cantidad de cuotas.
El beneficio estará vigente hasta el 31 de enero de 2025.
La adhesión al plan se puede tramitar en la web de Rentas.