lunes 23, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Rentas afina control sobre morosos en inmuebles indivisos y libera a cumplidores y desarrollistas

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El Gobierno de Córdoba instrumentó un nuevo mecanismo para la incorporación de unidades tributarias a través de la página web de Rentas que involucra a corredores inmobiliarios y A desarrollistas. El esquema apunta ahora a “castigar” a los morosos individuales del Inmobiliario y liberar asÍ al resto de los tenedores o propietarios de inmuebles que, por habitar en una parcela aún no subdividida ya sea un loteo o un edificio, debían cargar con los punitorios del deudor, pese a estar al día con el Fisco.

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En forma paralela, la estrategia también libera a las empresas que, en algunos casos extremos, debían soportar la inhibición de sus cuentas y quedaban imposibilitadas de seguir operando con el negocio.

La medida aparece reflejada en la resolución 79 del Ministerio de Finanzas del pasado día 23, publicada sólo el viernes último en el Boletín Oficial.

De acuerdo con datos a los que tuvo acceso Comercio y Justicia, la normativa vino a poner fin a una larga saga de problemas generados por la falta de final de obra, subdivisiones y falta de escrituración.

La situación no es nueva. De hecho, muchos de los problemas no tendrán solución inmediata. Sin embargo, ante la realidad, Rentas, desarrollistas y corredores inmobiliarios acordaron un mecanismo que, mientras tanto, permita salvar situaciones que complicaban a todos los actores.

“Hay un sinnúmero de situaciones. Desde la falta de final de obra, subdivisiones o en algunos casos propietarios que tienen boleto de compra venta pero que por diferentes razones quieren seguir en esa condición”, señaló a este medio una fuente y completó: “En algunos casos porque no tienen para afrontar el costo de la escritura, en otros porque prefieren que la cuenta siga a nombre de la desarrollista y hasta en otros que, por cuestiones conyugales o de sociedades comerciales no quieren aparecen como propietarios”, graficó el informante.

Como fuere, la idea ahora es pasar a la acción de manera más decidida y darle un corte a ese tipo de situaciones.

Por lo demás, la Provincia no informó qué cantidad de deudores de este tipo hay y a cuántos perjudica por ese pasivo aunque admitieron que involucra a miles de casos.

Qué dice la norma

La resolución de Finanzas recuerda en sus considerandos que, “a los fines tributarios y de información territorial, (la Dirección de Catastro) puede incorporar de oficio o a pedido de los interesados, unidades tributarias en aquellas parcelas que presenten fraccionamientos que no han cumplido las normas vigentes para la subdivisión o loteos, según corresponda, siempre que se pueda generar el registro alfanumérico y cartográfico de las unidades”.

En ese marco y “atento a las solicitudes de los contribuyentes -poseedores a título de dueño-, de efectuar el pago del Impuesto Inmobiliario a su nombre tanto para las unidades tributarias como para cuando hay transferencias a título privado, resulta necesario implementar un mecanismo de registro de dichos poseedores a través de la información que

desarrollistas de proyectos inmobiliarios y urbanísticos y corredores inmobiliarios de la Provincia de Córdoba -asociados a la cámara que los aglutinan- proporcionen, en virtud de las operaciones en las cuales intervienen”.

En consecuencia, la norma señala “es preciso incorporar en la web de la Dirección General de Rentas, a través del perfil de los corredores y/o desarrollistas habilitados, la opción del trámite de Actualización por el cual éstos deberán ingresar la información y adjuntar los archivos correspondientes. Asimismo en dicho perfil los desarrollistas

podrán solicitar la creación de las unidades tributarias para loteos o edificios”.

El artículado de la resolución nomina a quienes deberán realizar los trámites y de qué manera al tiempo que suma un anexo en el que figuran en detalle los datos que deberán cargarse y en qué formato.

Justos por pecadores

La medida dispuesta por Finanzas busca reordenar un panorama que venía complicando a todos los involucrados por diferentes vías, menos a los deudores que en todo caso sólo tenían el problema por su propio incumplimiento. La deuda de un sólo propietario también comprometía al desarrollista, no sólo por el PH en cuestión sino también por el resto de sus inmuebles.

“Se trata de buscar una solución al problema de pérdida del 30 por ciento de descuento para todos los propietarios ya sea por un tema del desarrollista o de incumplimiento de un vecino que perjudica a todos en el edificio o el barrio”, graficaron las fuentes.

”Ocurre que un desarrollista vende los departamentos o casas (la mayoría en countries o barrios cerrados) y lo hace con boletos de compraventa, sin escritura por diferentes motivos, entre ellos falta de habilitaciones y finales de obra municipales.  Esa situación lleva a que si alguno no paga regularmente, perjudica con la perdida del 30 por ciento a todos. Y al CUIT del desarrollista lo perjudica tanto en ese emprendimiento como en todos los otros inmuebles bajo su responsabilidad, aunque los otros esten al día. Porque es una regla de cumplimiento de todos los objetos y obligaciones por CUIT”, recordaron.

En ese marco, “para reducir injusticias”, se abre un canal para facilitar la información del poseedor, que es el que tiene boleto y es el verdadero dueño, “así no se perjudica a los desarrollistas y mucho menos a los otros vecinos que sí pagan”, completó el informante.

Desarrollistas

“De resultar así es una muy buena noticia porque viene a solucionar un problema crónico que perjudicaba a los cumplidores y a nosotros como empresas”, resumíó a Comercio y Justicia César Martínez, secretario de la Cámara de Desarrollistas Urbanos de Córdoba (Ceduc) y titular del Grupo Betania.

“Hemos sufrido con mucha frecuencia ese tipo de situaciones cuando había personas que se demoraban en escriturar, no pagaban Rentas y perdíamos todos los beneficios de ser cumplidores, además de perjudicar al resto del consorcio”, indicó Martínez.

En esos casos, la política nuestra era pagar nosotros la deuda, le cargábamos los intereses a ese deudor y lo intimábamos par que escriturara”, concluyó.

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