domingo 22, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Rentas: 700 mil intimaciones y hasta 70% de quita en multas

INGRESOS. Hasta el 30 de septiembre, por multas se habían recaudado $220,2 millones.
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Los emplazamientos incluyen textos en tipografía roja informando la deuda. En otros casos, advierten del envío al Veraz -que recién ocurriría en julio-. La norma que implementa el régimen de facilidades incluye condonación de capital para sanciones tributarias y de la Caminera y pagos sin interés.

El plan de facilidades de pago que la Provincia anunció en las últimas horas para cancelar deuda tributaria y no tributaria anterior al 31 de diciembre de 2012 incluye la condonación de hasta 70 por ciento del capital en las multas labradas por la Policía Caminera.

Así surge del decreto 259 firmado por el gobernador José Manuel de la Sota y la resolución 69 del Ministerio de Finanzas, publicadas ayer en el Boletín Oficial, por las que se crean los Documentos de Cancelación de Obligaciones Fiscales II (Docof II),y que especifican el monto de emisión y los alcances de esos instrumentos.

En tanto, el titular de la Dirección de Rentas, Luciano Majlis, anticipó a Comercio y Justicia que en las últimas horas salieron 600 mil intimaciones a contribuyentes morosos por 470 millones de pesos y que en breve se enviarán otras 100 mil por un monto cercano a 400 millones de pesos.

Parte de esos emplazamientos incluirán la advertencia relativa al envío de la deuda al Veraz en caso de que el moroso no abone en tiempo y forma. Otros muestran el pasivo en tipografía de color rojo. Si bien Majlis no lo detalló, la intención oficial es enviar al Veraz a aquellos contribuyentes que no cumplan con regularizar sus deudas hasta el 30 de junio.

En cuanto a la decisión de reflotar los instrumentos de pago creados originalmente en 2002, el decreto firmado por De la Sota remite a una serie de argumentos que vale reflejar como visión de la Provincia con relación a la situación actual.

En los considerandos del instrumento se justifica la emisión atento a que “la economía argentina está atravesando momentos de fluctuación e incertidumbre, producto -entre otras causas- de las recientes variaciones en el valor de la moneda, las elevadas tasas de inflación e interés y la desaceleración de la tasa de crecimiento”.

Acto seguido, tras ponderar el modelo de “solvencia fiscal” de la Provincia, señala que, “en el marco del complejo contexto económico mencionado, es imperioso recurrir a instrumentos que hayan demostrado eficiencia financiera -aumentando los niveles de liquidez de la Provincia- y eficacia tributaria -facilitando a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones”.

Quitas de capital y excepciones
En cuanto a los alcances de la herramienta, más allá de los ya anticipados por este medio en su edición del martes pasado, el decreto y la resolución suman precisiones sobre algunos puntos que aún no habían sido aclarados por el ministro de Finanzas, Ángel Elettore.

Por lo pronto, además de los impuestos a los Ingresos Brutos, Inmobiliario, de Sellos y Automotor, también se podrán incluir obligaciones no tributarias, multas tributarias y hasta deudas por servicios públicos u otros pasivos, siempre que sean percibidos por la Dirección de Rentas. No incluye deudas por Tasa de Justicia, Tasa Vial o derivadas de agentes de retención, percepción o recaudación.

Respecto a las condonaciones, para todos los casos habrá quitas de intereses resarcitorios de hasta 70% en caso de pago de contado, y en forma decreciente, según lo informado oportunamente.

No obstante, las novedades llegaron por el dato de las multas. Específicamente, el decreto prevé la “condonación del 70% de multas tributarias que no se encuentren firmes a la fecha de entrada en vigencia del presente régimen. La condonación no resultará acumulable con otros beneficios de reducción de multas que hubieran sido dispuestos en el marco de regímenes de regularización de facilidades de pago”.

Asimismo, se prevé la “condonación de 30% de multas no tributarias que no se encuentren firmes a la fecha”.

Dentro de este último caso, por lejos las sanciones más numerosas y voluminosas vienen por el lado de la Policía Caminera.

En tanto, el artículo 5 de la resolución de Finanzas especifica que “las multas firmes de la Policía Caminera que se abonen con Docof gozarán de una reducción del 50% del monto determinado por la Autoridad de Juzgamiento”. En ese sentido, Majlis puso un ejemplo concreto: una multa original de mil pesos que no registró pago voluntario (se reduce a la mitad), se mantiene en ese valor en tanto y en cuanto no esté firme, esto es que el juez Administrativo de Faltas no haya dictado sentencia y la rebeldía. En esa instancia, el deudor pagará 700 pesos, esto es 70% de la multa, más los intereses que, en caso de pago de contado, se reducirán en 70%.

Por el contrario, de quedar firme la sanción, dictada la rebeldía por el juez, la multa de mil pesos pasará a 2 mil pesos más intereses. En ese caso, el moroso podrá pagar mil pesos (50%) más intereses con la condonación ya mencionada.

El plan

Los instrumentos legales informados ayer por la Provincia dotan del marco necesario para la puesta en marcha de la nueva edición de los Docof.

Por lo pronto, el plan estará operativo desde el 15 de abril. Permitirá cancelar deuda tributaria y no tributaria anterior al 31 de diciembre de 2012, ya sea en gestión administrativa o judicial. Incluye excepciones como las tasas de Justicia y Vial. La condonación de intereses por mora será de 70% para pago de contado hasta el 30 de junio próximo y de 50% para pagos desde julio y hasta diciembre inclusive. Se reducirá a 50% y 30% respectivamente, si se opta por planes de dos a cinco cuotas. Finalmente, la condonación será de 30 y de 20%, respectivamente, para planes de entre seis y nueve cuotas. En todos los casos, la financiación a plazo no tendrá interés. En tanto, la cuota mínima del plan de pagos fue fijada en 200 pesos.

Los Docof podrán eventualmente negociarse en el Mercado de Valores, según quedó explicitado en la resolución del Ministerio de Finanzas.

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