Reestructuración de los compromisos del sector productivo con entidades financieras y proveedores, revisión de los convenios colectivos de trabajo y un plan integral de Gobierno con modificaciones tributarias, son algunos de los puntos destacados por economistas.
Considerando las expectativas ampliamente negativas para la actividad económica de Argentina y del mundo a causa de la pandemia de coronavirus, desde el mes de marzo, el Gobierno nacional ha tomado diversas medidas con el objetivo de ofrecer herramientas paliativas para la crisis que atraviesa el sector productivo. Incluso, previo a que comience el mes de agosto, se espera el anuncio y la puesta en marcha de 60 nuevas disposiciones, según anunció la semana pasada el Presidente de la Nación, Alberto Fernández.
En este sentido, vale señalar que las estimaciones para Argentina al cierre de este año son realmente alarmantes. Según datos recientes del Fondo Monetario Internacional (FMI), el PBI nacional podría contraerse 9,9% interanual al finalizar 2020.
En este contexto de extrema incertidumbre, fue anunciado e ingresado recientemente al Congreso de la Nación un proyecto de ley de moratoria que impulsa el Ejecutivo, con la intención de garantizar un mínimo de recaudación, a la vez de ofrecer un alivio para empresas y pymes que han visto gravemente resentida su actividad en el segundo trimestre del año. La propuesta comenzó a debatirse a mediados de este mes en la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados y la firma del dictamen fue postergado para este martes, dado que el oficialismo espera avanzar en un despacho de consenso con la oposición.
No obstante la importancia del proyecto, ¿es suficiente esta iniciativa para contener la coyuntura crítica que se vive en el país?
A partir de este interrogante, Comercio y Justicia dialogó con dos economistas, quienes aportaron al debate al plantear cuáles consideran que son los programas y las reformas complementarias que deberían implementarse a nivel nacional.
Entre los puntos principales, los especialistas destacaron la necesidad de un programa de reestructuración de deudas del sector productivo con entidades bancarias y con proveedores, a la vez de una revisión de los convenios de trabajo y una modificación -quizás posible- en la ley de quiebras. También, según se indicó, queda pendiente el debate de fondo para una reforma tributaria.
“Lo que está claro es que las empresas van a salir después de la cuarentena (y las que ya han salido) con una situación muy endeble. Por lo tanto, es impensable que puedan cumplir con sus obligaciones fiscales y, en ese sentido, creo que la moratoria es una buena medida para tratar de aliviar”, dijo Víctor Beker, director del Centro de Estudios de la Nueva Economía (CENE), perteneciente a la Universidad de Belgrano.
No obstante, el especialista también advirtió de que “es una medida necesaria pero no es suficiente porque del mismo modo que las empresas no pueden cumplir con sus obligaciones fiscales, tampoco pueden hacer en muchos casos frente a las deudas con los bancos o con los proveedores”. En este sentido, Beker agregó que “la moratoria fiscal es la primera medida y va a tener que ser acompañada por otras disposiciones para hacer frente al endeudamiento de las empresas”.
“En relación a todo lo sucedido con el tema de la pandemia y la caída de la actividad comercial, realmente se han tomado muchas medidas para hacer que la situación sea más leve, con una fuerte inyección en el gasto público a través de la emisión monetaria y con disposiciones para la actividad productiva o las personas que se encuentran en situación de informalidad”, indicó por su parte Gisela Veritier, directora general del ICDA Escuela de Negocios de la Universidad Católica de Córdoba (UCC), licenciada en Economía y magíster en Administración de Empresas.
Sin embargo, la especialista precisó: “Aún así, toda esta caída en la actividad productiva no se vio reflejada en la AFIP” y aseguró: “De hecho, parecía que la AFIP iba por un camino y el Gobierno iba por el otro”.
“El sector productivo está teniendo una de sus peores crisis de la historia, incluso peor que en 2001. Y en esta situación se basa este proyecto de ley, el cual realmente es muy importante, y sobre todo para dar un poco de alivio”, precisó Veritier. Al mismo tiempo, coincidió con Beker en que la normativa que espera ser sancionada en el Congreso constituye tan sólo “un primer paso”.
Corto y mediano plazo
En tanto, considerando un corto y mediano plazo en el marco de la flexibilización de las actividades que se ha dispuesto en gran parte de las provincias y que comienza a funcionar de a poco en el Área Metropolitana de Buenos Aires (Amba), es posible anticipar algunas otras medidas posibles de implementar por el Gobierno nacional.
Al respecto, Beker indicó que es “indispensable” disponer de “alguna suerte de refinanciamiento” de las deudas bancarias y de aquellas que las empresas poseen con sus proveedores. A la vez, aseguró, se impone una revisión de los “convenios colectivos de trabajo para adaptarlos” a la nueva coyuntura. “Hoy en día, lo importante es preservar la fuente de trabajo pero hay muchas empresas que no están en condiciones de hacer frente a los compromisos”, aseguró.
“Hace tiempo, he planteado la necesidad de una suerte de hospital de empresas. Así como hemos tenido que habilitar salas de terapia intensiva para salvar vidas, acá vamos a tener que habilitar hospitales para salvar empresas”, enfatizó.
“Y esto va a requerir, sector por sector, medidas específicas”, precisó el director del CENE, al destacar que existen situaciones “muy disímiles” entre los rubros y considerando que dentro del segmento de la hotelería y la gastronomía es probable que muchas firmas “terminen quebrando”.
“También acá, creo que va a haber que revisar el régimen de la ley de quiebras y generar algún régimen transitorio para que la disyuntiva no sea solamente pagar las deudas o ir a la quiebra”, agregó.
Por su parte, Veritier manifestó que “es cierto que una reforma tributaria debe ser discutida en el marco de un plan integral de Gobierno”.
En este sentido, la especialista contextualizó sus apreciaciones en marco del default en el que se encuentra el país y la baja de los ingresos tributarios, por lo cual “la única vía de financiamiento del déficit es justamente la emisión monetaria”.
“Esta situación debe ser planteada, porque al tener tantos impuestos, se desmotiva cualquier inversión productiva o extranjera directamente”, explicó y agregó que “hay que buscar la manera de que en la pospandemia, no sólo se apunte a una moratoria sino también a que las inversiones productivas, extranjeras o domésticas, realmente sean canalizadas. Éste es el puntapié para poder hacer un modelo de crecimiento a largo plazo”, aseveró.
Recuperación
Mientras tanto, el interrogante sobre cuándo comenzará a recuperarse la actividad de una manera significativa en este marco de crisis sanitaria nacional y global, continúa siendo clave.
En este sentido, ambos economistas anticiparon escenarios posibles para este segundo semestre.
“Ya a partir de julio, y con más razón desde agosto, vamos a notar alguna reactivación de las actividades que se desarrollan fuera del AMBA, que es el sector que más tarde va a salir de la cuarentena. Además, ya podemos empezar a ver algunos signos de mayor actividad económica en el interior del país”, señaló Beker.
Aún así, adelantó que “vamos a tener una reactivación lenta y complicada, la cual va a requerir de medidas complementarias que acompañen este proceso y donde el objetivo prioritario sea, fundamentalmente a mi juicio, salvar tantas empresas y fuentes de trabajo como sea posible”.
“La realidad es que podemos plantear nueve escenarios diferentes”, analizó, en tanto, Veritier. “Tenemos el más positivo, en el cual las medidas económicas son realmente efectivas, sumadas a medidas de salud altamente efectivas. Si ese es el escenario, entonces la recuperación va a ser a corto plazo”.
No obstante, también indicó que existe la posibilidad del “peor escenario”, donde ni las medidas económicas ni las sanitarias son eficaces, derivando en una recesión aún más profunda.
“En el medio, el resto de los escenarios van a mostrar reactivaciones paulatinas. En cualquier caso, se plantean olas. De la misma manera que hay olas sanitarias también vamos a tener olas económicas. Sube la ola sanitaria y baja la ola económica; sube la ola económica y baja la ola sanitaria”, precisó.
PUNTOS CENTRALES
Lo que dice el proyecto que está en la Cámara de Diputados
El proyecto de ley de moratoria impositiva, aduanera y previsional que ingresó al Congreso de la Nación a principios de este mes de la mano del Ejecutivo nacional, constituye una ampliación del alcance de la moratoria creada por la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, sancionada en diciembre y que comenzó a regir en febrero pasado.
La iniciativa incluye a contribuyentes que no estaban contemplados en la Moratoria 2020 y propone una quita de intereses para las deudas acumuladas en el marco de la pandemia.
La normativa establece que se podrán regularizar deudas en hasta 96 ó 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras, mientras que los plazos serán entre 48 ó 60 cuotas para los recursos de la seguridad social, además de disponer una condonación parcial de intereses y total de multas.
La deuda exigible en materia impositiva, previsional y aduanera que no está regularizada y que puede ser considerada dentro de la ampliación de moratoria es de $281.700 millones de pesos, pero el monto total asciende a $500.000 millones si se consideran los planes de regularización vigentes que podrán beneficiarse con las mejores condiciones de la futura norma.
OPINIÓN
Sin producción, la normativa es insuficiente
Por Sebastián Vanella Godino / Abogado – Titular del Estudio Jurídico Vanella Godino & Asoc. / Magíster en Derecho y Economía (Universidad Torquato Di Tella) / Profesor Universidad Empresarial Siglo 21 (Córdoba)
El anteproyecto de ley que busca ampliar la moratoria aún vigente prevista por la Ley 27.541, es una de las formas que ha encontrado el Poder Ejecutivo nacional para intentar generar cierto alivio en la actividad productiva y sortear el parate económico que aqueja a la Argentina y al mundo, con motivo del Covid-19; sin embargo creo que no es suficiente.
En el presente análisis no abordaré la totalidad de las cuestiones de la normativa que se intenta aprobar, dando por conocido su articulado, en el afán de proponer una discusión conceptual que intenta ir más allá de la moratoria misma, poniendo el foco en lo que creo falta para lograr un plan sustentable de reactivación económica.
La denominada “super moratoria” resulta una versión recargada de la modificación ya realizada a través del Decreto de Necesidad y Urgencia 319/20, al título IV del Plan de Regularización de AFIP, con modificaciones principalmente respecto de la ampliación de los sujetos que pueden participar de ella, de las nuevas fechas de vencimiento de las obligaciones comprendidas y del plazo para acogerse al plan de regularización, de la cantidad de cuotas (tanto para obligaciones de la Seguridad Social, como para las restantes), de una mejora de tasa, una nueva fecha de pago de la primer cuota y nuevos supuestos de caducidad, entre otros.
Adentrándome sobre algunos puntos relevantes, advierto que se incluyen todas las deudas tributarias, aún las derivadas del Impuesto a las Transferencias de Combustible, lo que ha generado controversia política, que independientemente de los argumentos de los interesados (a los que uno puede o no adherir) la realidad técnica y jurídica nos lleva a afirmar que existe un antecedente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, puntualmente el fallo Asociación Editores de Diarios de Bs.As.(AEDBA) y otros C/ EN -dto.-746/03 -AFIP s/ medida cautelar(autónoma) del 18 de Octubre de 2014, en donde se estableció que la garantía constitucional de igualdad no puede soslayarse, ya que tiene como objetivo impedir que se establezcan distinciones con el fin de favorecer arbitrariamente a determinadas personas o clases, en desmedro de otros contribuyentes. Proceder entonces en sentido contrario, podría desembocar en una discriminación ilegítima, tachable de inconstitucional.
Entiendo como positiva la ampliación de sujetos. En efecto, la incorporación de personas humanas, además de las micro, pequeñas y medianas empresas y aún incluso aquellas de mayor tamaño, cuenten o no con certificado mipyme, resulta equilibrado en mérito del principio de igualdad al que hacíamos mención en el párrafo anterior, lo que nos lleva también a que la inclusión de los concursados o fallidos, por más que traiga consigo un tinte político que debería ser ajeno a cualquier normativa de emergencia y crisis, es conveniente en esta época de Covid-19, por tratarse de sujetos que requieren mayor colaboración y contención del Estado para regularizar sus obligaciones, independientemente de las responsabilidades legales que pudieren indilgárseles y de las que no deben escapar, si fuera el caso.
Las ampliaciones de fecha de vencimiento de las obligaciones comprendidas, como el plazo de acogimiento (31 de Mayo y 31 de Octubre, respectivamente) parecen prematuras para un país que aún se encuentra en cuarentena y en donde muchas provincias analizan retroceder en las fases avanzadas.
Entiendo que no se avizora con claridad una fecha cierta de finalización de la crisis y es por ello que dicha fecha puede sufrir una rápida desactualización, con la necesidad de una nueva prórroga.
Se ha mantenido para el pago mediante plan de facilidades el máximo de 120 cuotas para deudas tributarias y 60 Cuotas para Aportes de la Seguridad Social y retenciones, en el caso de pymes con certificado, y como así también el máximo de 96 y 48 cuotas respectivamente para el resto de los sujetos, incluidos en el art. 1, 2do párrafo del anteproyecto. El vencimiento de la primera cuota operará el próximo 16 de noviembre. Sin perjuicio de lo referido, también se ratifican como formas de pago: 1) Pago al contado, que incluye una reducción de 15% sobre la deuda consolidada y 2) Compensación con saldos de libre disponibilidad. La tasa de financiación se ha modificado por una inferior, pasando de 3% a 2% hasta enero de 2021 inclusive, aplicándose posteriormente tasa Badlar. El tiempo de tasa fija también parece escueto, dado que en 4 meses la actividad productiva definitivamente no se recuperará en su totalidad, debiendo haberse considerado un plazo mínimo de un año, para intentar la reactivación económica
Hasta aquí los puntos principales del anteproyecto, sin embargo, como sugiere el título, debemos enfocarnos también en otro pilar fundamental de la reactivación económica sustentable: la producción.
La moratoria debería ser una herramienta, no sólo para evitar que el Estado vea disminuidas sustancialmente sus arcas, sino también para que las empresas cuenten con mayor liquidez y dediquen ésta a la reactivación de los procesos productivos que les permitan generar valor y con ello ingresos genuinos.
Si el Estado se enfocara en la reactivación de la economía a través del establecimiento de políticas públicas que incentiven la producción, estaría actuando también en su propio interés, no sólo permitiendo a las empresas cumplir con el plan de regularización en cuestión, sino también generando ingresos a partir de verse configurados nuevos hechos imponibles, sobre los que éstas deberían tributarle.
Urge complementar los planes de regularización tributaria con planes de reactivación productiva. No pueden tratarse de manera separada cuando se pretende poner de pie una economía hecha trizas.
Resulta imperativo también establecer prioridades en este sentido, lo que no constituye una tarea fácil. Es por ello que preguntas como: ¿qué vamos a incentivar producir?, ¿cómo vamos a incentivarlo? y ¿para quién vamos a producirlo? pueden resultar útiles y necesarias, no sólo para superar el parate generalizado producido por el coronavirus y dar reinicio a la actividad económica, sino también para definir finalmente nuestra identidad productiva y el país que pretendemos ser.