El proyecto ingresó a Diputados. Declara una amplia emergencia en diferentes materias por dos años aunque prorrogables. El texto, de 664 artículos, abarca asuntos que el presidente considera las “bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos”. Contempla desde temas electorales hasta cambios al Código Penal y en los regímenes impositivo y jubilatorio. Abre las puertas a múltiples acciones judiciales, asegura la oposición
El presidente Javier Milei envió finalmente ayer a la Cámara de Diputados el proyecto de “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”, en el que pide al Congreso declarar la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria, administrativa y social hasta el 31 de diciembre de 2025, la cual podrá ser prorrogada por el Poder Ejecutivo nacional por el plazo máximo de dos años.
El texto, de 664 artículos desplegados a lo largo de 351 páginas, contiene una amplia reforma electoral, cambios impositivos, un blanqueo y más límites a las manifestaciones, entre otras iniciativas que no fueron parte del DNU porque las temáticas deben pasar por el Parlamento.
Además, se suspende la aplicación de la fórmula para actualizar los haberes y se habilita a imponer sanciones a la protesta, entre otras medidas.
También prevé la derogación de las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO), y la implementación de la boleta única de papel, el traspaso de la Justicia Nacional a la Ciudad de Buenos Aires, declara la emergencia pública hasta el 31 de diciembre de 2025 y habilita al Ejecutivo a privatizar las empresas estatales.
Asimismo, modifica la Oficina Anticorrupción, la composición de la Cámara de Diputados e introduce cambios en el financiamiento de los partidos políticos.
Objeto
En su primer artículo, el proyecto establece que su objeto es “promover la iniciativa privada, así como el desarrollo de la industria y del comercio, mediante un régimen jurídico que asegure los beneficios de la libertad para todos los habitantes de la Nación y límite toda intervención estatal que no sea la necesaria para velar por los derechos constitucionales”.
Otro de los puntos sostiene que el Poder Legislativo le delega facultades al Ejecutivo hasta fines de 2025, con la posibilidad de prórroga de dos años.
“La presente ley contiene delegaciones legislativas al Poder Ejecutivo nacional de emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, social, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria y social, con especificación de las bases que habilitan cada materia comprendida y con vigencia durante el plazo específicamente previsto”, reza ese mismo artículo.
Es decir, si se aprueban las emergencias, Milei tendrá las facultades de legislar, algo que la Constitución Nacional prohíbe expresamente en el artículo 76, que dice: “Se prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo, salvo en materias determinadas de administración o de emergencia pública, con plazo fijado para su ejercicio y dentro de las bases de la delegación que el Congreso establezca”.
Cambios al Código Penal
El proyecto modifica el Código Penal de la Nación para incorporar nuevos controles a las manifestaciones callejeras así como agravar las penas por los cortes de calle; en especial para los organizadores. Al respecto, en su artículo 326, el megaproyecto establece penas para aquellas personas que sin “crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas, será reprimido con prisión de uno (1) a tres (3) años y seis (6) meses”.
“Si se impidiere, estorbare o entorpeciere la circulación o medios de transporte público portando un arma propia, impropia, se causare daño a la integridad física de las personas, la pena será de dos (2) a cuatro (4) años de prisión, siempre que no constituyere un delito más severamente penado”.
“Quienes dirijan, organicen o coordinen una reunión o manifestación que impidiere, estorbare o entorpeciere la circulación o el transporte público o privado o que causare lesiones a las personas o daños a la propiedad serán reprimidos con prisión de dos a cinco años, estén o no presentes en la manifestación o acampe”, se lee en el documento.
Modificaciones electorales
La iniciativa contiene un capítulo electoral donde se derogan las elecciones primarias, abiertas simultáneas y obligatorias (PASO), se modifica la Oficina Anticorrupción, cambia el régimen de partidos políticos, y la composición de la Cámara de Diputados.
“La eliminación de las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias le devuelve la autonomía a los partidos políticos para que decidan sus candidatos a cargos nacionales de la manera que consideren más apropiada, a la vez que le quita el peso al contribuyente de tener que estar financiando de manera compulsiva la actividad política que es, en esencia, un interés particular de un sector de la sociedad”, detalla en los fundamentos.
En ese sentido, propone pasar a un sistema de elección por “circunscripciones uninominales” para la designación de diputados nacionales, bajo el argumento de evitar las llamadas “listas sábana”. “Cada distrito se dividirá en un número de circunscripciones igual al número de diputados que se eligen. Cada elector votará solamente por una lista integrada por un candidato titular y un candidato suplente que deben ser de diferente género”, dice el artículo 158.
El proyecto, además, introduce modificaciones en el financiamiento de las campañas, en la difusión de los spots electorales en medios audiovisuales y en la publicación de encuestas y sondeos de opinión en época electoral.
Jubilaciones
Sobre el tema previsional, suspende el artículo 32 de la ley 24241 que fijaba el sistema para aumentar el haber jubilatorio cada tres meses, y dice que el Poder Ejecutivo va a “establecer una fórmula automática de ajuste de las prestaciones mencionadas en los incisos a), b), c), d), e) y f) del artículo 17 de la Ley N° 24241, teniendo en cuenta los criterios de equidad y sustentabilidad económica”.
“Hasta tanto se establezca una fórmula automática, el Poder ejecutivo nacional podrá realizar aumentos periódicos atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos”, agrega el texto del proyecto.
Privatizaciones
Uno de los puntos que plantea la ley es que declara sujeta a privatización las empresas y sociedades de propiedad total o mayoritaria del Estado. Entre las 41 empresas públicas que el Poder Ejecutivo planea que pasen a manos de privados se encuentran Aerolíneas Argentinas, Aysa, Banco Nación, YPF, y los medios públicos Canal 7, Radio Nacional y Télam.
En el caso de Córdoba, entre las empresas que planea privatizar Milei están la Fábrica Argentina de Aviones Brigadier San Martín SA (Fadea), los Servicios de Radio y Televisión de Córdoba (SRT), la planta de Dioxitec y Fábricas Militares.
También propone privatizar la operación de las centrales nucleares, como la de Embalse.
En ese sentido señala que se “faculta al Poder Ejecutivo nacional a proceder a la enajenación de las participaciones accionarias o de capital del Estado Nacional y/o sus entidades en toda empresa privada, que no le otorguen la mayoría de capital social necesario para ejercer el control de tales entidades, para lo cual se aplicarán en lo pertinente los procedimientos previstos en el Capítulo II de la Ley N° 23696”.
“A los fines de las privatizaciones señaladas en el artículo 36, se constituirán sociedades anónimas, en las cuales el Poder Ejecutivo nacional podrá conservar una (1) acción con derecho a veto en las decisiones que impliquen el cierre de la actividad”, agrega en otro apartado.
Impuestos
En cuanto al capítulo impositivo, el proyecto contempla un blanqueo de capitales para ciudadanos argentinos residentes o no y una moratoria de las obligaciones tributarias y aduaneras y de los recursos de la seguridad social vencidas al 30 de noviembre.
También propone cambios en el régimen tributario de Bienes Personales: “Créase el presente Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (“REIBP”) por todos los períodos fiscales hasta la fecha de su caducidad, la cual opera el 31 de diciembre de 2027”. En esa línea, aclara que “las personas humanas y sucesiones indivisas que sean residentes fiscales en Argentina en los términos de los artículos 116 a 123 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, podrán optar por adherir al REIBP”.
Sumado a esto, fija las retenciones para el sector agropecuario, autoriza las importaciones de gas natural sin necesidad de pedir autorización, unifica los entes de Gas y Electricidad y cambia la ley de biocombustibles.
Blanqueo
Respecto al blanqueo de capitales, el proyecto plantea que estarán contemplados sujetos residentes y no residentes. Habrá tiempo para sumarse a la exteriorización hasta el 30 de noviembre del año próximo. El blanqueo estará dividido en tres etapas.
En la primera, que se extenderá hasta el 31 de mayo, la penalidad por el ingreso al régimen será de 5%; una segunda etapa con fecha límite de pago hasta el 10% que tendrá lugar hasta el 31 de agosto; y una última etapa, con una alícuota de 15%, y que terminará el último día de vigencia de la exteriorización de activos. En ningún caso AFIP cobrará el impuesto especial si se declaran menos de 100 mil dólares.
Educación
Las reformas también abarcan el ámbito educativo. En ese punto, una de las propuestas es un “examen censal obligatorio” para los estudiantes al final de la secundaria: “Al finalizar los estudios de educación secundaria el Estado Nacional tomará un examen censal obligatorio que mida los aprendizajes adquiridos y las capacidades desarrolladas por los adolescentes que egresan”.
A diferencia de lo que sucede con las pruebas Aprender, el artículo establece que “el alumno tendrá derecho a conocer y recibir una certificación del resultado”. “Todos los alumnos deberán ser evaluados con periodicidad en términos de matemáticas y lecto-comprensión en adición a otras evaluaciones que determine la autoridad de aplicación”, agrega el proyecto.
Dentro de los cambios, se incluye una mayor evaluación para los docentes. Al respecto, la “evaluación periódica será una condición y un aliciente para poder desempeñarse como docente en el país”. En esa línea, los profesionales de la educación deberán “revalidar las capacidades y conocimientos cada cinco años”. Los criterios para esa “evaluación y revalidación” será definidos por la Secretaría de Educación de la Nación en acuerdo con el Consejo Federal de Educación, según plantea otro artículo del proyecto.
Aquellos individuos que se incorporen a la docencia también deberán realizar un examen que certifique “las capacidades y conocimientos adquiridos”. La evaluación de los docentes se incorpora como una de las funciones del Instituto Nacional de Formación Docente (Infod), organismo responsable de la creación de un examen para quienes se incorporen a la docencia.
Plazos
En principio y luego de la presentación del proyecto, el oficialismo buscará apretar el pie en el acelerador y llevar la mega iniciativa al recinto el jueves 25 de enero en la Cámara de Diputados. Así lo adelantó el presidente del bloque de La Libertad Avanza en la Cámara baja, Oscar Zago, en declaraciones televisivas.
“Queremos llevarlo al recinto para el 25 de enero”, expresó, e indicó que se van a juntar para definir la integración de las comisiones de Presupuesto y Hacienda, Asuntos Constitucionales, Legislación General y Relaciones Exteriores y Culto.