sábado 23, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

La Provincia reglamentó servicios esenciales y giró nombres de comisión clave

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El Ejecutivo provincial reglamentó ayer la ley 10461, que establece los mecanismos y procedimientos de garantía de los servicios esenciales y servicios con garantía de prestación mínima.
En tanto, también ayer, giró a la Legislatura para su consideración, la nómina de quienes integrarán la Comisión Técnica cuya función es la calificación excepcional y restrictiva de servicios no enumerados en la ley que, planteado un conflicto laboral que los afecte, deben contar con prestación garantizada de servicios mínimos y sus modalidades de ejecución, entre otros.
De hecho, la reglamentación de la norma tiene sólo tres artículos y está exclusivamente direccionada a la creación de la comisión y otros detalles operativos y de forma.

Si bien la ley se aprobó hace casi un año , la reglamentación en esta instancia no parece exenta del potencial conflicto que podría desatarse con Luz y Fuerza a partir de la embestida de EPEC contra lo que consideran costos laborales desmedidos producto, entre otros puntos, de algunos aspectos del convenio colectivo pero además de las horas extras, viáticos y reemplazos vigentes.
Concretamente, si el conflicto se agudizara, temen que termine repercutiendo en la normal prestación de un servicio que la Provincia supone esencial, conforme el artículo uno de la ley 10461.
La conformación de la Comisión Técnica es, al fin, indispensable para hacer efectivo el cumplimiento de la norma y evitar eventuales cortes del servicio.
En cuanto a los nombres que integrarán la comisión, proyecto que se buscará aprobar el miércoles próximo en la Unicameral, el Ejecutivo propuso a Pedro Enrique Ducanto, Jorge José Galarraga, Rubén Hugo Bengió, Guillermo Ernesto Maisuls y Olivio Rubén Costamagna.
Según considera la Provincia, “cumplimentan acabadamente tanto los requisitos legales como de idoneidad y capacidad para desarrollar tan importante misión”.
Por lo demás, el artículo 3 de la reglamentación de la 10491 señala que, “producida una situación que requiera la intervención de la Comisión Técnica, la Autoridad de Aplicación efectuará la convocatoria correspondiente, debiendo dicho organismo constituirse de inmediato y no más allá de las 24 horas de citada”.
“La Comisión se deberá expedir en forma expresa y fundamentada (…) en el término de cinco días corridos”, entre otros puntos.

Luz y Fuerza contraataca
El Consejo Directivo del Sindicato de Luz y Fuerza de Córdoba convocó a conferencia de prensa para hoy desde las 10.30 en la sede gremial, para hacer referencia a la marcha del conflicto con la EPEC, tras la decisión de denunciar el convenio colectivo de trabajo.
Según trascendió, el gremio expondrá números respecto a las posibles fuentes de ahorro alternativo al recorte a los costos laborales que pretende la empresa. “Son gastos de una mala gestión empresaria”, dicen.

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