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La eliminación de tasas en las facturas de servicios no incidirá en Córdoba

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La resolución, publicada ayer y adelantada por el ministro Caputo, es poco clara. En principio, ni EPEC ni Aguas están alcanzadas. Sí lo está Ecogas, pero no hay cargos extra ajenos al servicio. La Provincia ya tiene una Ley desde 2018 que “limpió” las facturas de ítems no relacionados a la presentación

La decisión del Gobierno nacional de eliminar de las facturas de los servicios esenciales aquellas tasas municipales que no tengan relación con la prestación propiamente dicha, no tendrá impacto en Córdoba.

La apreciación fue confirmada a Comercio y Justicia por una fuente del Ejecutivo de Córdoba luego de publicada la normativa en el Boletín Oficial y adelantada el día antes por el ministro Luis Caputo.

“Por lo pronto, la norma no es muy clara y precisa en su redacción”, comenzó la fuente. Sin embargo, el informante recordó que en la Provincia rige desde 2018 la ley 10545, votada en 2018 y luego de sendas resoluciones del Ersep.

Entonces, se ordenó prohibir que las empresas de servicios incluyeran dentro de las facturas a los usuarios, rubros que fueran ajenos a la prestación correspondiente.

Esa medida golpeó básicamente a las cooperativas eléctricas del interior que, además de facturar el consumo de energía, sumaban diferentes ítems que prestaba la cooperativa como sepelios, internet y ambulancia, entre otros.

También incidió en la EPEC que ya no pudo incluir en la factura el denominado “impuesto al fuego”.

Sin embargo, quedaron excluidas de esa prohibición, tasas municipales como la OIM, Contribución que incide sobre la Prestación de Alumbrado Público, Inspección Mecánica e Instalación y Suministro de energía eléctrica, y que los municipios suman a la boleta de EPEC o las cooperativas.

En el caso de la ciudad de Córdoba, ese concepto es de 9,9% de la factura.

Además, la Provincia aclaró que la resolución nacional publicada ayer, no tendría aplicación en empresas como la EPEC o Aguas Cordobesas que son prestatarias regidas por la Provincia o la Municipalidad de Córdoba.

Diferente sería el caso de Ecogas que está bajo el control del Enargas. Sin embargo, la factura de ese servicio no incluye ningún cargo ajeno a la prestación.

“Me parece que esta norma está más dirigida a los municipios del conurbano y es una pelea más política entre el Gobierno nacional y Axel Kicillof (gobernador de Buenos Aires) y algunos intendentes afines”, explicó el informante.

El tema cobró fuerza en las últimas horas luego de que algunos municipios de conurbano subieran algunas tasas que van atadas a la factura por venta de productos en supermercados, situación que derivó en la queja de la cámara que nuclea a los empresarios del sector, toda vez que encarece el precio final de un producto por motivos ajenos al valor del bien y en momentos en que el ministro Caputo busca que la baja del impuesto PAIS, derive en una disminución de algunos precios de productos básicos.

La resolución publicada en el Boletín Oficial también indica que el incumplimiento será pasible de ser sancionado conforme el régimen de penalidades previsto en la Ley Nº 24240 de Defensa del Consumidor y sus modificatorias y normas reglamentarias. Asimismo, se informa que la medida entra en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial y tiene un plazo de adecuación de 30 días.

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