AFIP determinó que de ser mayor la cantidad de operaciones por persona física, se deberá operar como importador y pagar 50% del valor de lo ingresado.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) amplió ayer las restricciones impuestas para realizar compras al exterior vía Internet, y desde ahora sólo se podrán concretar dos transacciones anuales por persona, por hasta 25 dólares en total, para no ingresar en el régimen de importaciones que requiere el uso de licencias y el pago de impuestos.
Así lo estableció el organismo mediante una resolución publicada ayer en el Boletín Oficial, con la firma de su titular, Ricardo Echegaray.
“Los sujetos que realicen compras de mercaderías a proveedores del exterior, que ingresen al país mediante el correo oficial -incluido el servicio puerta a puerta-, podrán utilizar el procedimiento previsto en la Resolución 3579 en dos oportunidades en el año calendario, resultando de aplicación la franquicia anual de 25 dólares”, se indica en el texto oficial.
La AFIP también dispuso que “los envíos que excedan el límite previsto deberán ser cursados al amparo del Régimen General de Importación”, que implica abonarle al Fisco 50% del valor de la mercadería.
Además, el ente recaudador anticipó que la Dirección General de Aduanas “elaborará un listado de mercaderías que quedarán exceptuadas de la presente norma, el cual será publicado en el sitio web de esta Administración Federal”, en los próximos días.
Esta nueva resolución implica una “vuelta de tuerca” a la resolución difundida el martes por el ente recaudador, mediante la cual se estableció que quienes compren al exterior por medio de la web deberán presentar una “declaración jurada” antes de retirar la mercadería del correo o de recibirla en el domicilio.