lunes 23, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Ex Batallón: consideran ineludible una audiencia pública, incluso por ordenanza

DESARROLLO. Incluye 446.500 metros cubiertos. De las 22,3 hectáreas, la mitad será espacio público.
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La legisladora del Frente Cívico Alejandra del Boca consideró que el proyecto inmobiliario de la Corporación América para los predios del ex Batallón 141 deberán pasar necesariamente por una audiencia pública, no sólo por los alcances de la nueva ley de Ambiente sino también por las normativas municipales vigentes.

Tras la decisión del municipio de habilitar el masterplán presentado por el Grupo Eurnekian, anticipado ayer por Comercio y Justicia, Del Boca aseguró que “independientemente de la ley provincial 10208 (de Ambiente), por la cual se establece que los planes de vivienda cuando superen una superficie de 3 hectáreas obligatoriamente deben presentar el estudio de impacto ambiental y audiencia pública (anexo I, inc. 37), la Municipalidad cuenta con la ordenanza 9847 que regula el proceso de Evaluación Ambiental (E.I.A.) para todos aquellos proyectos y actividades, tanto públicos como privados, que degraden o sean susceptibles de degradar el ambiente y sus recursos”.

En ese marco, indicó que “en el artículo 6° de la norma se establecen los proyectos o actividades que deberán someterse al Proceso de E.I.A y según el inc. 2 los planes de desarrollo urbano están obligados”.

Recordó que “en el artículo 11º se detallan las etapas del Proceso de E.I.A.: a. Presentación del Aviso de Proyecto. b. Presentación, en su caso, del Estudio de Impacto Ambiental o Informe de Impacto Ambiental o Informe Medioambiental. c. Audiencia Pública, en los casos previstos por la presente Ordenanza. d. Declaración de Impacto Ambiental”.

Finalmente, indicó que en el artículo 23 de esa norma se establece que “aquellos proyectos o actividades que tengan, o puedan tener, alta incidencia en el ambiente natural y social, y dentro de los quince (15) días siguientes a la presentación en forma del Estudio o Manifestación de Impacto Ambiental, el Consejo Municipal del Ambiente deberá efectuar una Audiencia Pública, convocando a las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, potencialmente afectadas por la realización del proyecto o actividad, a las organizaciones no gubernamentales interesadas en la conservación del ambiente y sus recursos y a otras entidades relacionadas con la propuesta”.

Del Boca recordó que, como antecedente, “se puede citar la audiencia pública del 19 de mayo de 2008 para el emprendimiento de Gama en Colón y Cárcano, que preveía una obra de 106 mil metros cuadrados, 9 torres con 1.080 departamentos”.

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