viernes 27, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

En qué consiste el “monotributo tecnológico” para quienes facturan servicios en el exterior

monotributo tecnológico
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La comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados abrirá esta tarde el debate sobre el proyecto de ley del Poder Ejecutivo por el cual se establece un régimen simplificado para pequeños contribuyentes tecnológicos y un régimen cambiario específico.

La reunión de la comisión que preside el oficialista Carlos Heller se realizará desde las 15 con la presencia del subsecretario de Financiamiento, Eduardo Kutner; la subsecretaria de Ingresos Públicos, Claudia Balestrini, y el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Carlos Castagneto.

El monotributo tecnológico apunta a ayudar a la retención del talento capacitado y formado en Argentina en materia de software y tecnologías asociadas, aun cuando su efecto inmediato será el de formalizar ingresos en divisa extranjera por servicios exportados.

La retención en la Argentina de los recursos humanos capacitados especialmente en materia de desarrollo de software es una de las preocupaciones más relevantes del sector, ya que la demanda de profesionales para esta actividad es global.

El proyecto crea un monotributo tecnológico para “los profesionales que facturan sus servicios basados en el conocimiento” y para quienes “participen en competencias de e-sports (nivel profesional)”.

De esa manera busca evitar la informalidad de los trabajadores que desarrollan tareas para el exterior, así como aumentar la recaudación de divisas por servicios de exportación no registrados.

La medida incluye el beneficio cambiario de no liquidar las divisas y “favorece a los pequeños exportadores de servicios basados en el conocimiento/e-gamers (sean autónomos o pequeños grupos)”, indicaron desde la Secretaría de Economía del Conocimiento.

El proyecto del nuevo esquema tributario propone 3 categorías de ingresos anuales: hasta US$ 10.000, hasta U$S 20.000 y hasta U$S 30.000

Cada categoría se establece de acuerdo con el tope de ingresos y el monto integrado correspondiente a cada una de ellas que se abonará, incluye impuesto a las ganancias, obra social y aportes jubilatorios- y el monto a abonar se corresponde con las categorías establecidas en el Régimen D, F y H, precisaron.

El proyecto considera que el monotributo es “compatible con el régimen General (que es el inscripto en IVA, Ganancias y Autónomos), con el régimen Simplificado (monotributo) y empleados y empleadas en relación de dependencia, siempre que la inscripción sea por desarrollar una actividad diferente a la que alcanza el Mono-Tech”.

Precisa que los monotributistas, además del importe que deban abonar por su categoría, deberán pagar por Mono-Tech el componente impositivo que le corresponden a las categorías más altas del Monotributo.

Si están categorizados en I, J y K deberán pagar el monto de impuesto integrado correspondiente a cada una de esas categorías.

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