Las empresas afectadas por el aislamiento decretado a raíz de la pandemia de Covid-19 podrán completar desde mañana la inscripción al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), según informó hoy el Ministerio de Economía de la Nación.
El registro se realiza en la página de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), en la cual los empleadores deberán suministrar la documentación requerida para obtener los beneficios que contemplan el pago de salarios de los trabajadores, la postergación y/o exención del pago de contribuciones patronales y la extensión del seguro de desempleo.
“La prioridad máxima hoy es la salud y desde el Estado acompañamos con políticas que alivianen las dificultades que se presentan en el marco de esta crisis”, aseguró el ministro de Economía, Martín Guzmán.
En este contexto, agregó: “Minimizar la circulación de personas y bienes inevitablemente afecta nuestra economía y en especial a los sectores más vulnerables. Por eso, en el caso de las empresas creemos necesario trabajar con los tres frentes: transferencia de dinero a través del pago de sueldos a trabajadores, subsidiar el pago de estos impuestos y extender el seguro de desempleo”.
El Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción para empleadores y trabajadores afectados por la emergencia sanitaria fue creado por el DNU 332/2020 y pretende que se mantengan las fuentes de trabajo en medio de la crisis por las restricciones impuestas a la circulación para frenar la propagación del coronavirus.
La preinscripción para obtener la prórroga de los aportes patronales comenzó el jueves pasado. Las empresas que quieran acceder al resto de los beneficios deberán registrarse a partir de mañana y hasta el 15, inclusive, en la página web de la AFIP, con su clave fiscal y declarar la información económica que el programa requiera.
Luego comenzará una etapa de análisis de la empresa y, en caso de que haya resultado afectada a partir de la cuarentena, se procederá a aplicar el beneficio.
El programa consiste en que el Estado se hará cargo de parte de los sueldos de las empresas, ya sea mediante el Repro o Asignaciones Complementarias al Salario; una rebaja o postergación de las contribuciones patronales y el aumento de las prestaciones por desempleo.
Los empleadores alcanzados por los beneficios deberán acreditar ante la AFIP la nómina del personal alcanzado y en qué medida su actividad fue afectada por el aislamiento.
Por su parte, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social considerará la información y documentación remitidas por la empresa, podrá relevar datos adicionales y podrá disponer la realización de visitas de evaluación.
Tengo una Ebanistería y desde que la pandemia empezó esta serrada y no e recibido ninguna ayuda del gobierno que pasara con nosotros
Buenas noches soy trabajador independiente , SOLO , NO TIENE personal a cargo, cuando presto mis servicios emito recibo por honorarios, porqué,.no puedo acceder a ningún bono? Estoy totalmente perjudicado . Esperando una respuesta.
Atte : Luis wong mendoza