El Gobierno nacional dispuso la obligatoriedad de detallar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en todas las facturas de bienes y servicios a partir del 1° de abril.
Lo hizo a través de una disposición de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
La medida, que se extiende a “todo el universo de contribuyentes”, forma parte del cronograma dispuesto por ARCA para la implementación del régimen de transparencia fiscal.
Desde enero, la obligación rige para las grandes empresas. Los contribuyentes que emiten comprobantes mediante facturación electrónica utilizando sistemas del organismo, como Facturador Móvil o Comprobantes en Línea, ya contaban con la opción de discriminar el IVA. Ahora, con la nueva disposición, la obligación se extendió a todo el universo de comercializadores de cualquier tipo de bien o servicio, para que los consumidores puedan visualizar de forma clara y transparente la presión fiscal que incide sobre el precio final de los productos.
Los comprobantes deberán mostrar en un apartado del ticket el desglose del IVA y los impuestos internos en el campo “Otros impuestos nacionales indirectos”.
ARCA aclaró que el consumidor final no debe hacer ninguna operación y que en la factura o ticket de compra se debe leer la leyenda “Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor (Ley 27.743)”.