Aumentaron las consultas y denuncias vinculadas con la adquisición de vehículos, por lo que esa dependencia de la Provincia lanza una campaña y pone a disposición todas las vías de comunicación para asesoramiento
La Dirección de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial de la Provincia registró en los últimos días numerosas consultas, y también reclamos, vinculados con la comercialización de vehículos nuevos y usados.
“Se ha incrementado la cantidad de consultas pero también de denuncias por parte de los consumidores”, aseguró a Comercio y Justicia Ariel Juri, director de esa dependencia oficial.
“Si bien no es descomunal el aumento, llama la atención y es por ello que empezamos con una acción de comunicación” para divulgar las diferentes modalidades contractuales vigentes para la adquisición de vehículos y “solicitamos a la gente que se tome su tiempo para informarse sobre todos los requisitos”, indicó.
En ese sentido, la Dirección de Defensa del Consumidor pone en marcha a partir de hoy una campaña para divulgar algunas consideraciones a tener en cuenta antes de suscribir los contratos con agencias o concesionarias.
“Como medida general, se sugiere a los usuarios leer detenidamente y sin apuros (es un derecho) todas las condiciones de contratación que les son exhibidas o comentadas por las concesionarias. Igualmente se los invita a comunicarse con la Dirección de Defensa del Consumidor para recibir asesoramiento sobre las condiciones de la contratación en la que estuvieren interesados, personalmente, vía correo electrónico o telefónicamente”, indicó la dependencia.
“Vamos a asesorar incluso hasta vía Facebook”, indicó Juri para dejar sentado que todos los canales de comunicación estarán abiertos.
Asimismo, la Dirección detalló algunas de las modalidades contractuales que se están ofreciendo.
A) Planes de ahorro de las sociedades administradoras: contrato de adhesión elaborado por las sociedades administradoras pertenecientes a las principales marcas de vehículos, controlados y supervisados por la Inspección General de Justicia (IGJ). Sin embargo, existe el riesgo de que la concesionaria ofrezca condiciones y modalidades distintas a las realmente pactadas y ofrecidas en ese contrato de adhesión.
B) Compra directa en efectivo o mediante crédito prendario: es la más sencilla y la que menos riesgos acarrea. Sin embargo, el usuario debe cerciorarse sobre la fecha de entrega efectiva de la unidad, que la concesionaria debe informar por escrito al consumidor.
c) Compra mediante créditos varios ofrecidos por distintas comercializadoras: es la modalidad de contratación en la cual el consumidor debe tomar mayores recaudos. Debe cersiorarse sobre la entidad que otorga el crédito, el interés de financiación, los gastos para apertura de carpeta crediticia, el monto, cantidad y modalidad de las cuotas a pagar, la fecha de entrega de la unidad, las condiciones a reunir para acceder al crédito (cantidad de garantes), entre otros.
d) Planes de capitalización y ahorro: esto implica sólo participar de un sorteo, no existe entrega segura.
También van apareciendo nuevas modalidades para la adquisición de vehículos, tales como acceder a un crédito mediante la acumulación de puntos por los aportes de los suscriptores, contratos que igualmente suelen estar autorizados por la IGJ.