domingo 24, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Crece la morosidad en Ingresos Brutos, síntoma incipiente de la crisis

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En junio, el padrón de Riesgo Fiscal llegó a 43.587 contribuyentes. Crece sin pausa desde marzo, por el menor cumplimiento producto de la coyuntura económica -en parte-

El padrón de riesgo fiscal que publica la Dirección de Rentas, que incluye a contribuyentes de Ingresos Brutos (IIBB) en situación irregular, creció en junio por cuarto mes consecutivo, señal del impacto de la crisis en el sector. Los datos quedan explícitos en el listado que todos los meses publica el organismo recaudador provincial con base en el trabajo de rastrillaje respecto al cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes.
Según la información oficial, en junio se contabilizaron 43.587 sujetos con algún tipo de irregularidad en el cumplimiento.
La cifra es levemente superior que la registrada en mayo, también que las de abril y de marzo, cuando llegó a 40.571 contribuyentes. El crecimiento, aunque menor, marca una tendencia. Rentas admite que hay una señal respecto a la baja en el pago en algunos sectores pero no una situación que refleje una conducta de incumplimiento. En todo caso, también se apunta a una mayor fiscalización del organismo, que redunda en que se sumen otros obligados a quienes se les descubrió algún tipo de falta.

De todas formas, está claro que el panorama luce complejo de cara a los próximos meses. Ayer, el ministro de Hacienda de la Nación, Nicolás Dujovne, admitió que la situación será complicada en los próximos “2 ó 3 meses”.
En ese marco, se descuenta que habrá una baja en los ingresos, al menos por la merma en la actividad económica. Sin embargo, también se prevé que habrá un menor incumplimiento de los contribuyentes, no sólo de IIBB sino también del resto de los impuestos.
Afortunadamente para la Provincia, muchos contribuyentes pagaron la cuota única del Inmobiliario y del Automotor y, justamente por eso, ahora los ingresos por esa vía mermaron, pero en el acumulado interanual siguen mostrando un alza importante.
Respecto al padrón de riesgo fiscal, debutó en abril del año pasado, cuando se contabilizaron 111.719 contribuyentes en situación irregular, prácticamente 50% de los obligados por Rentas para aquel tributo. Sin embargo, al mes siguiente la cifra bajó a 61.153, debido no tanto a que quienes figuraban en el padrón hubieran regularizado su situación sino a que el organismo recaudador subió el piso de la deuda a partir de la cual aparecían en la lista de Riesgo Fiscal. Desde entonces, el listado registró bajas hasta el piso de julio, cuando llegó a 56.078 contribuyentes. Luego, osciló entre esa cifra y poco más de 57.000. Sin embargo, ya en noviembre subió a 58.614 y en diciembre se mantuvo casi en esa línea, esto es 58.323.

Ya en enero bajó aún más. Y luego se eliminaron varios contribuyentes que pagaban montos fijos y que pasaron a integrar el padrón del denominado monotributo unificado con AFIP.
La permanencia de muchos deudores en la lista hace suponer a Rentas que, en realidad, algunos esconden una mayor facturación u ocultan datos del comercio o prestación que prefieren mantener sin cambios, aun a costa de tributar más. La herramienta Riesgo Fiscal es un régimen de revisión continua para los contribuyentes de IIBB en función del interés fiscal que presentan y del cumplimiento de los deberes formales y materiales. Están alcanzados aquellos contribuyentes, agentes y/o responsables de IIBB que se encuentren “con alguna irregularidad” frente al Fisco. El listado se actualiza los días 22 de cada mes. Entre las situaciones “irregulares” que ameritan la publicación de los contribuyentes en el padrón de Riesgo Fiscal figuran quienes: en los últimos 36 meses no hayan presentado o pagado seis o más declaraciones juradas y/o anticipos; tengan determinada de oficio y firme la obligación tributaria y no la hayan abonado o regularizado dentro del plazo otorgado; prestaron conformidad por una fiscalización y no abonaron o regularizaron la deuda dentro del plazo otorgado; tienen deuda por la cual se haya iniciado ejecución fiscal o procedimiento de ejecución fiscal administrativa con control judicial; no den cumplimiento a una fiscalización electrónica o requerimiento. En tanto, para los agentes de retención, percepción y/o recaudación se incluye a quienes no hayan presentado tres o más declaraciones juradas; y mantengan adeudado el saldo de una declaración jurada vencido el plazo para el ingreso de aquél.

En todos los casos, cuando dos o más notificaciones, intimaciones o requerimientos al domicilio fiscal constituido hayan sido devueltos. Quienes figuren en el padrón de Riesgo Fiscal tendrán diferente tratamiento. Por lo pronto, los agentes de retención, percepción y recaudación aplicarán distintas alícuotas, según el caso. Los primeros impondrán alícuotas de 5% y de 20%, según el caso, o bien incrementadas en 50% para situaciones determinadas. En tanto, los segundos aplicarán alícuotas de 6% y de 16%, también incrementadas en 100%, siempre según cada situación. Rentas podrá fijar alícuotas diferenciales para el régimen de recaudación Sircreb, siempre para los contribuyentes de Riesgo Fiscal.

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