Un fallo judicial de la Cámara Contencioso-administrativa de 1ª Nominación de Córdoba que ordena integrar las sumas no remunerativas a la hora del cálculo de la liquidación de los haberes previsionales de un grupo de jubilados bajo el régimen bancario, complicará aún más la ya difícil situación económico financiera del organismo previsional que, según las propias estimaciones oficiales, prevé cerrar el ejercicio con un déficit de 1.120 millones de pesos.
El pronunciamiento del tribunal cuestiona la discriminación de las sumas no remunerativas y considera que deben ser incluidas como parte del salario a los efectos del cálculo del haber previsional.
Concretamente, la Cámara consideró que, al ser los aumentos “no remuneratorios” mensuales, regulares, permanentes, generales y sin que exista elemento alguno que ordenara su diferenciación con aquellos “remuneratorios” percibidos por un empleado activo, corresponde incorporarlos a los efectos del recálculo del beneficio.
El tribunal agregó que en la base de cálculo de las jubilaciones deben computarse los aumentos de ese tipo otorgados a los activos por acuerdos celebrados en 2005, 2006 y 2007 entre la Asociación Bancaria y la Asociación de Bancos Públicos y Privados de la República Argentina (Abapra).
Asimismo, se afirmó que esta situación encuadró en los términos del artículo 8° de la Ley N° 8024 -Régimen General de Jubilaciones y Pensiones-.
En la causa, María Isabel Molina Loza reclamó, junto con 28 jubilados que fueron empleados de la Caja provincial, el reacomodamiento de sus haberes conforme a los aumentos otorgados a los trabajadores en actividad.
Complicada
“La alta litigiosidad contra la Caja y los fallos adversos son una de las principales complicaciones para el organismo”, reveló a Comercio y Justicia el titular de la entidad, Osvaldo Giordano.
Según datos del organismo, los principales litigios se derivan del Decreto 1777 del ex gobernador Mestre por el que se tomó el cálculo del haber sobre el neto y no sobre el salario bruto, de las cautelares por los recortes en los haberes producto de la emergencia previsional y, en este caso, por las demandas para la incorporación de los no remunerativos a los efectos del recálculo de haberes.
Sobre ese último punto, la avalancha de demandas de docentes principalmente por la incorporación del incentivo docente determinó que la Caja se allanara a las acciones judiciales.
Al respecto, el gerente de Legales, Adrián Daniele, aseguró que existen antecendentes por casos de la misma naturaleza ,que sin embargo evitó precisar.
En tanto, fuentes del Tribunal Superior de Justicia y de la propia Cámara Contenciosa-administrativa coincidieron en que “no hay precedentes” sobre un fallo de ese tipo.
La complicación para el organismo surge evidente. Al ser montos sobre los que no hubo aportes antes ni ahora por parte de los activos, es la propia Caja la que debe afrontar la diferencia.
En cuanto a la demanda en cuestión, fuentes consultadas aseguraron que involucra a una ex gerente General del organismo previsional.
“Eran cifras no remunerativas acordadas con la Bancaria que después pasaron a ser remunerativas. La demanda es por el período en que fueron no remunerativas y en las que no hubo aportes justamente por tratarse de sumas en negro”, reveló una fuente.
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