La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el Régimen de Regularización de Activos, más conocido como blanqueo, incluido en el paquete fiscal aprobado por Congreso, mediante la resolución general Nº 5528 publicada en el Boletín Oficial (ver Leyes y Comentarios, pág. 1D).
El régimen se dirige tanto a los residentes como a todos los argentinos que mudaron su residencia fiscal a otro país, y hoy pueden decidir su regreso al amparo de este proceso.
La manifestación de adhesión al régimen podrá efectuarse desde este jueves 18 de julio, y hasta el 31 de marzo de 2025.
Cabe destacar que con el blanqueo es posible regularizar cualquier monto sin costo, si se mantiene el dinero en el sistema financiero hasta el 31 de diciembre de 2025, o bien se realizan determinadas inversiones autorizadas por el Ministerio de Economía. Tampoco estarán sujetas al pago de impuestos quienes regularicen cualquier tipo de bienes o tenencias por un valor de hasta US$100.000.
El régimen tiene tres etapas y cuanto antes se ingrese, menor será la alícuota: Etapa 1 hasta el 30 de septiembre de 2024, se abona una alícuota de 5% sobre el excedente de US$100.000; Etapa 2: hasta el 31 de diciembre de 2024, la alícuota es de 10% y la Etapa 3: hasta el 31 de marzo de 2025 con una la alícuota de 15%.