Dentro de las medidas económicas anunciadas por el Gobierno nacional, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) puso en marcha el plan de alivio fiscal para micro, pequeñas y medianas empresas para cancelar obligaciones tributarias, aduaneras y de recursos de la seguridad social vencidas hasta el 30 de abril.
La iniciativa, que contempla una tasa de interés máxima de 5,91% mensual, incluye este beneficio también para monotributistas; así, por medio de este nuevo régimen, el organismo tributario beneficiará a más de 650.000 contribuyentes.
El monto de deuda a regularizar asciende a $456.000 millones y corresponde principalmente a los impuestos al Valor Agregado (IVA), a las Ganancias, y aportes y contribuciones a la Seguridad Social, entre otros. Incluye los intereses, multas y deudas que se encuentren en discusión tanto en vía administrativa como judicial; además de deuda de capital.
Las principales beneficiadas serán las micro y pequeñas empresas, que representan 48% del universo de firmas alcanzado por la medida y poseen 42% del stock de deuda total.
En tanto, los pequeños contribuyentes y monotributistas alcanzan 31,2% de los contribuyentes que mantienen obligaciones vencidas con el organismo, por 3% del monto total; el resto de los contribuyentes lo completa las empresas medianas.
Por medio de la resolución general 5361/2023, publicada en el Boletín Oficial, la AFIP instrumentó este plan de hasta 84 cuotas, de acuerdo con el tamaño de la firma y el tipo de obligación que debe regularizar (previsional, impositiva o aduanera), con una tasa máxima de 5,9% mensual.
En todos los casos, no será necesario realizar un pago a cuenta.
Los sujetos alcanzados por la norma comprenden micro, pequeñas y medianas empresas, monotributistas y pequeños contribuyentes; y la adhesión podrá realizarse hasta el 29 de septiembre de este año inclusive.
La cantidad máxima de cuotas de los planes de facilidades de pago se determinará según el tipo de contribuyente al momento de la consolidación de los montos y del tipo de plan.
Para pequeños contribuyentes, entidades sin fines de lucro y micro y pequeñas empresas: 84 cuotas por deuda general o aduanera, 36 para aportes de la seguridad social y 12 por retenciones y percepciones impositivas.
Para medianas empresas-tramo 1: 48 cuotas por deuda general o aduanera, 24 para aportes de la seguridad social y seis por retenciones y percepciones impositivas; y medianas empresas-tramo 2: 36 cuotas por deuda general o aduanera, 18 para aportes de la seguridad social y tres por retenciones y percepciones impositivas.