La medida tiene por fin reforzar la transparencia de las entidades supervisadas, en la inteligencia de contar con información en tiempo oportuno y en el formato adecuado para su correcta interpretación. Actualmente el sistema rige para las ramas automotores, motovehículos, transporte público de pasajeros, caución y créditos
Resolución 690/22-SSN
Ciudad de Buenos Aires, 03/10/2022
Visto el Expediente EX-2022-101360076-APN-GA#SSN, el Articulo 37 de la Ley N° 20.091, el Punto 37.4. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (t.o. Resolución SSN N° 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014, y sus modificatorias y complementarias), y
CONSIDERANDO:
Que esta SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN tiene como misión principal procurar un sector asegurador justo, seguro y estable en beneficio y para protección de los intereses de los asegurados, asegurables, beneficiarios y damnificados.
Que, en ese orden, resulta necesario promover el fortalecimiento continuo de un mercado transparente, solvente, competitivo y con suficiente capacidad técnica y profesional.
Que la remisión de información de manera constante y por medios electrónicos por parte de las entidades aseguradoras, facilita y agiliza el control de este Organismo de supervisión.
Que a los fines de contar con información vinculada al proceso de suscripción, se dictó la Resolución SSN N° 36.326, de fecha 29 de noviembre de 2011, por la que se consagró el sistema digital de emisión de pólizas que, a la fecha, se encuentra activo para las ramas Automotores, Motovehículos, Transporte Público de Pasajeros, Caución y Créditos.
Que, en esta instancia, acorde a la experiencia recabada y a los fines de reforzar la transparencia de las entidades supervisadas, resulta relevante introducir una actualización y readecuación del sistema vigente, en la inteligencia de contar con información en tiempo oportuno y en el formato adecuado para su correcta interpretación.
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