Estará justificada la ausencia para ir a trabajar de aquellos trabajadores que deben vacunarse por el Covid – 19.
La decisión fue publicada en el Boletín Oficial a través de la Resolución 92/202, que estipula que alcanzará con la sola presentación de la constancia. De todos modos, los trabajadores para poder tener justificada su ausencia deberán tener antes el permiso de sus empleadores.
“Ley N° 27.491 entiende a la vacunación como una estrategia de salud pública preventiva y altamente efectiva y la considera como bien social, sujeta a principios de gratuidad, interés colectivo, disponibilidad y amplia participación, declarándola de interés nacional”, comienza la resolución.
Y agrega: “Establécese que será justificada la inasistencia del trabajador o trabajadora durante la jornada laboral que coincida con el día de aplicación de la vacuna destinada a generar inmunidad adquirida contra la Covid-19, sin que ello produzca la pérdida o disminución de sueldos, salarios o premios por este concepto”.